ECONOMIA Y CIVISMO 71 Al consultar su resoluci6n deciale al Ministro de Hacienda de Indias: No se opone esta disposici6n a que por particulares moti- vos y especial gracia de S. M. como en el caso de don Bernab6 Martinez de Pinillos, se conceda a un buen vasa- 1l, hallindose con criditos activos y pasivos en favor del Erario, la justa compensaci6n de unos con otros, para fa- cilitar sus pagos, y chancelar su cuenta. Pero jams pudo ser el Animo del Gobierno que con este pretexto, se tolera- se y consintiese no s6lo la usura criminal, sino la estafa (permitase esta expresi6n) de los mis miserables acreedores del Estado, como el soldado, el marinero, el menestral, la viuda y el hu6rfano. A 6stos se les pagaba o fingia pagir- seles por entero con un papel ominoso; y cambiado al co- mercio por una porcion minima de su valor, se le subroga, ba en todo el derecho del acreedor principal; se le satisfa- cia integramente, o se le abonaba en cuenta con desmedida ganancia sin correr riesgo alguno y muchas veces sin in- terrupci6n de tiempo (42). No he 1legado a precisar la importancia que ad- quirieron las emisiones de estas deadas por los diferentes ramos en que tuvieron su origen; pero se sabe que en los cuatro aflos de 1811 a 1814, Ia Tesoreria General pag6 209,892 pesos 51/2 reales, en efectivo, por pensiones a emigrados domini- (42) Consulta de 12 de agosto de 1816. No acierto a com- prender c6mo con su claro talento pudo Ramirez considerar justa compensaci6n de criditos en el caso de Martinez de Pini- lIos, estableciendo asi una excepci6n a la regla cuyo puntual cumplimiento exigi6 en las prevenciones que hizo a los Minis- tros Generales.