CAPITULO VII. DE LA INSCRIPCIN DE LAS ADQUISICIONES DE FINCAS, DERECHOS REALES Y DEMAS ACTOS Y CONTRATCS RELATIVOS A BIENES INMUEBLES DE FECHA ANTERIOR AL PLANTEAMIENTO PARCIAL DE LA LEY HIPOTECARIA Y NO REGISTRADOS EN LAS ANTIGUAS CONTADURfAS. SUMARIO -I. Esthnulos para promoter y acelerar la referida Inscripci6n.-Beneficios concedidos A la practicada antes del planteamiento total de la Ley.-Sanci6n civil impuesta A los tftulos que carecen de ella.-II. Reglas sobre el modo de practicarla.-( a) Actos y contratos sujetos A dicha formalidad.- ( b) Forma en que ha de constar la existencia de los mismos.-Omisiones importantes del legislador sobre este punto.-De la titulaci6n autgntica 6 pdblica anterior 6 la Ley.-Calificacion de los documents y modo de subsanar los defectos.-De la titulaci6n supletoria.-Idea de los principales trAmites de las informaciones de posesi6n.-Juicio comparativo entre la antigua titulaci6n aut6ntica y la supletoria.-(c) Del procedimiento para la inscripci6n.-III. Determinaci6n del objeto, alcance y transcendencia de la Inscripcidn del domninio y demas derechos reales adquiridos antes de empezar d regir la Ley Ilipotecaria.-Diversos conceptos de esta operaci6n.-CuAl es la que results de las declaraciones formuladas por los autores de la Ley.-Demostraci6n del que se deduce de los preceptos de la misma.-Notas 6 cualidades esenciales de la referida Inscripci6n.- (a) Obligatoria 6 forzosa.-(b) Innovadora del estado legal en que so hallaban A Ia publicaci6n de la Ley los duenios y habientes-derecho real.- (c) Cornplicada y de muy dificil ejecuci6n.-Explicaci6n y consecuencias te6ricas y prActicas de estos opuestos conceptos. El legislador, segnfn he manifestado en otros lugares de esta obra (1), consider de un modo mis 6 menos explicito, pero terminante, laInscripci6n del domino y demis dere(1) VWanse las pigs. 425 A 454 de este tomo.