- 359 y no pagada de la contribuci6n territorial y sobre los bienes asegurados por los premios del seguro de dos aios, y si fuese el seguro mutuo por los dos ltimos dividendos que se hubiesen repartido. Por dltimo, se detalla el procedimiento que ha de seguirse para constituir 6 ampliar judicialmente cualquier hipoteca legal. En los restantes cinco pArrafos de esta Secci6n se establecen las reglas especiales que ban de observarse para la constituci6n de las hipotecas legales 6 exigibles; calificaci6n y admisi6n de los bienes que ban de ser objeto de esta garantia; desmejoramiento 6 depreciacidn de los mismos despues de constituida la hipoteca, y ampliaci6n de esta Altima. De todas estas reglas especiales, las mas numerosas son las concernientes 6, la hipoteca que pueden exigir las mujeres casadas, pues se ha atendido a la diversa naturaleza, condici6n y procedencia de los bienes que aportan al matrimonio 6 que reciben, al contraerlo de sus maridos, y se ha procurado fijar con mucha precision y detalle los derechos de ambos c6nyuges, segdin que sean mayores 6 menores de edad, respecto de la enajenaci6n y gravamen de los bienes propios de la mujer 6 de los hipotecados 6, su favor, y acerca de la subrogaci6n, reducci6n, posposici6n 6 extinci6n de la hipoteca constituida en garantia de la dote y demds bienes propios de aqu6lla. Organizaci6n del Registro de la propiedad. SegAn antes he manifestado, tratan de esta materia de 11n modo especial los Titulos VI, VII, VIII, IX, X, XI Y XII de la Ley Hipotecaria. En dichos Titulos se encuentran las disposiciones que .organizan esta Instituci6n, asi en su parte material 6 del