CAPITULO IV. LEGISLACIONES EXTRANJERAS CON LAS QUE LA COMISI6N DE c6DIGOS DEBIA COMPARAR LOS TRABAJOS LEGISLATIVOS RELACIONADOS EN EL CAPITULO ANTERIOR, ANTES PE REDACTAR LA LEY HIPOTECARIA. SUMARIO: I. Ojeada general a las legislaciones extranjeras en materia hipotecaria. -Su clasificaci6n en dos grupos 6 sistemas. IL Sistema alemdn.-Importancia de las antiguas instituciones conocidas en Alemania para la transmisi6n y gravamen de la propiedad. - Naturaleza de ]a Auflassung. - Idea general de ]a legislaci6n inmobiliaria 6 hipotecaria que, fundada en esta instituci6n, se halla vigente en Hamburgo , Bremen, Luneburgo, Uelzen y Celle. - Influencia romanista en Alemania.-Reacci6n en favor del Derecho nacional.-Legislaci6n inmobiliaria 6 hipotecaria de Prusia.-Examen de la Ley comian Hipotecaria de 1783.Idea general del CO6digo del Derecho comdn de Prusia de 1794.Antinomia entre ambos cuerpos legales acerca de la transmisi6n de ]a propiedad territorial. - F6rmnulas practicas adoptadas para salvar esta antinomia. - Del ragirmen hipotecario segAn dicho C6digo. - Influencia de aquella Ley y de este C6digo en las legislaciones de los demis pueblos de Europa, y especialmente en los de nacionalidad alemana. - Diversas direcciones que tom6 en 6stos la reforma de la legislaci6n hipotecaria. - III. Sistema francis. C6digo hipotecario y Ley de 1795.-- Ley Hipotecaria de 1798. Doctrina sobre la trasmisidn de la propiedad y sobre las bipotecas del C6digo civil.-Movimiento de ]a opinion contra ella. -Varios Proyectos.-Ley sobre transcripci6n de 1855.-Legislaciones europeas inspiradas en la francesa.-IV. Diferencias fundamentales entre ambos sistemas.-W6gimen inmobiliario.-Hipotecas.-Registros. Del resurnen que he presentadO en el capitulo anterior de los trabajos legislativos llevados A cabo, hasta 1855, en el Ministerio de Gracia y Justicia, sobre reform hipoteca-