PARTE CARTA diario, porque ningfin precepto los hace responsables de los delitos de sus arrendatarios. (Sent. 75, 15 Marzo 1920, Gac. 11 Noviembre 1922, Trib. Sup.) 2.-Qu6 comprende la responsabilidad civil. Ceidigo Penal.-Art. 119.-La responsabilidad civil estable cida en el capitulo 2?, titulo II de este libro, comprende: 1? La restituci6n. 2? La reparaci6n del daiio causado. 3? La indemnizaci6n de perjuicios. 4? (Inaplicable). 3.-De la restituci6n. C6digo Penal.-Art. 120.-La restituci6n deberi hacerse de la misma cosa, siempre que sea posible, con abono de deterioros 6 menoscabos, 6 regulaci6n del Tribunal. Se harA la restituci6n, aunque la cosa se halle en poder de tercero y 6ste la haya adquirido por un medio legal, salva su repetici6n contra quien corresponda. Esta disposici6n no es aplicable en el caso de que el tercero haya adquirido la cosa en la forma y con los requisitos establecidos por las leyes para hacerla irreivindicable.(670) COMPLEMNTO.-C6digo Civil.-Art. 464.-La posesi6n de los bienes muebles, adquirida de buena fe, equivale al titulo. Sin embargo, el que hubiese perdido una cosa mueble 6 hubiese sido privado de ella ilegalmente, podr5 reivindicarla de quien la posea. Si el poseedor de la cosa mueble perdida 6 sustraida la hubiese adquirido de buena fe en venta pfiblica, no podrA el propietario obtener la restituci6n sin reembolsar el precio dado por ella. Tampoco podrA el duefio de cosas empefiadas en los Montes de Piedad, establecidos con autorizaci6n del Gobierno, obtener la restituci6n, cualquiera que sea la persona que la hubiese empefiado, sin reintegrar antes al establecimiento la cantidad del empefio y los intereses vencidos. En cuanto d las adquiridas en Bolsa, feria 6 mercado, 6 de un comerciante legalmente establecido y dedicado habitualmente al trdfieo de objetos ank1ogos, se estarh 6i lo que dispone el C6digo de Comercio. Art. 1955.-El dominio de los bienes muebles se prescribe por la posesi6n no interrumpida de tres afios con buena fe. (670) Como los casos de restituci6n que pueden ocurrir en el procedimiento correccional son los de cosas muebles, en el COMPLEMENTO s6lo insertamos los preceptos que con los mismos guardan relaci6n.