PARTE CUARTA laLo que tengo en honor de trasladar 6 Vd. 6 los fines que en la I presence comunicaci6n se expresan.-De Vd. atentamente, Carlos E. Ortiz, Secretario. Circular de la Secretaria de Justicia de 23 de Marzo de 1904 sobre que se envie los testimonios de condena aunque con la preventiva la haya extinguido el penado. (0ol Leg., tomo 3, p6g. 331).-A los Presidentes de Audiencia.-Sefior: El sefior Secretario de Gobernaci6n, en ofieio fecha 10 del actual, dice h este Centro lo que sigue: "Con el fin de que no queden incompletos los expedientes de los penados que se forman en los Establecimientos Penales, los Gobiernos de Provincia y esta Secretaria, dejando de unirles los testimonios 6 certificaciones de las respectivas condenas por no expedirlos las Audiencias y Juzgados Correccionales cuando los penados, por el tiempo que han sufrido de prisi6n preventiva, dejen extinguidas dichas condenas sin ser puestos fi disposici6n de la Autoridad administrativa para la designaci6n de Penal, ruego A Vd. acuerde, si lo considera procedente, que a-in en dicho caso se expidan por triplicado y remitan al Gobierno de la Provincia correspondiente, los aludidos testimonios para el curso establecido." Lo que de orden del senior Presidente de la Repfiblica tengo el honor de trasladar 6 Vd., para conocimiento de ese Tribunal r el de los Jueces de su territorio, 6 los efectos que en el prernserto oficio se indican.--De Vd. atentamente, Carlos de Zaldo., Secretario. Decreto del Gobierno Provisional 716 de 1908 sobre que los testimonios se dirijan directartente a la Secretaria de Gobernaci6n (Gac. 1? Julio).-En vista de las promociones del Gobernador interino de la Habana, de acuerdo con la recomendaci6n del Secretario interino de Gobernaci6n, y en uso de las facultad-es que me est6n conferidas, resuelvo: II.-Los Tribunales, 6 el Juez delegado en su caso, remitirAn directamente al Secretario de Gobernaci6n los testimonios de las condenas impuestas, dejando previamente 6 la disposiei6n de ese Centro superior al reo 6 reos que resulten penados. Charles E. Magoon, Gob-ernador Provisional.-Jos6 Svez Medina, Secretario interino de Gobernaci6n. Acuerdo do la Sala de Gobierno del Tribunal Suprerno de 7 de Octubre de 1927 para que los Jueces Correccionales rernitan con brevedad los testimonios de liquidaci6n de condena.-Certifico: que dada cuenta a la Sala de Gobierno de este Tribunal, formada por los sefiores Juan Guti6rrez y Quir6s, Jos6 V. Tapia, Juan Manuel Menocal, Jos6 I. Travieso y L6pez y Pedro Pablo Rabell, en sesi6n del dia 7 del mes en curso, con un escrito del sefior Fiscal de este propio Tribunal referente al asunto de que