PARTE CUARTA sabilidad que la correspondiente 6 los delitos que hubiese cometido por medio de la denuncia 6 con su ocasi6n. 3.-Quienes estdn exceptuados de la obligaci6n de denunciar. Ley Enj. Cri.-Art. 2G0.-La obligaci6n establecida en el articulo anterior no comprende A los impfiberes ni 6 los que no gozaren del pleno uso de su raz6n.(-46) Art. 261.-Tampoco estar6n obligados 6 denunciar :(184) 1? El c6nyuge del delincuente. 2? Los ascendientes y descendientes consanguineos 6 afines del delincuente y sus colaterales consanguineos 6 uterinos y afines hasta el segundo grado inclusive.(8.) 3? Los hijos naturales respeeto de la madre en todo caso, y respecto del padre cuando estuvieren reconocidos, asi como la madre y el padre sen iguales easos. 4.-No deben admitirse denuncias contra funcionarios Consulares extranjeros por actos realizados por los mismos en su caricter oficial. Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal S9upremo de 26 de Noviembre de 1910. (Gac. del 29).-Certifico: que la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo, en sesi6n celebrada el dia 26 d-el corriente, en la que se di6 cuenta con la comunicaci6n de la Secretaria de Justicia fecha 21 del corriente, por la que traslada la de la Secretaria de Estado fecha 15, transcribiendo nota del dia 11 del senior Ministro de S. M. Brit6nica por la que formula la solicitud 6 que mfs adelante se hace referencia, adopt6 la resoluci6n que A la letra dice: Considerando: que, sobre ser improcedente enunciar criterio tocante A la naturaleza de justiciable 6 no propia del hecho que di6 origen 6 la causa por estafa rail tres del afio ren curso, de uno de los Juzgados del Partido de la Habana, h que se refiere la aludida comunicaci6n de la Secretaria de Justicia fecha 21 de Noviembre actual, consistente dicho hecho, segfin la denuncia de J. Terptra y P. Louy, tripulantes que fueron del vapor britAnico "Celtic Princess", en habrseles retenido ilegalmente por el C,6nsul brit6.nico el. saldo de sueldos que se les adeu(346) La pubertad legal se alcanza en los varones a los 14 aflos de edad cumplidos, y en las hembras a los 12, tambi~n cumplidos, segfin el articulo 83 del C6digo Civil. (347) -No esthn obligados, pero si quieren pueden denunciar el delito, por m.s que ello repugne a la sociedad. (348) Estos parientes, en t~rminos corrientes resultan ser, entre los aseendientes, el padre, la madre, los abuelos paternos y maternos y los bisabuelos, lo mismo consanguineos que afines; entre los descendientes, los hijos, los nietos y los biznietos consanguineos o afines, y entre los colaterales, consanguineos o uterinos y afines, los hermanos.