PARTE CUARTA cemo se indica en el plano que existe en la oficina del Ingeniero Jefe del Departamento.(236) Reglamento del Ejgreito. (Gac. ext. 9 Mayo 1921).--Art. 377.-Se denomina Puesto Militar a una zona de limites previamente fijados por el Ejecutivo y en la cual tengan su campamento fuerzas del Ej~rcito o est6 destinado a ese fin, y en general todos los lugares destinados a algfin fin militar, tales como almacenes, dep6sitos de ganado, talleres, etc., asi como tambi6n cualquier lugar protegido por fuerzas del Ej~rcito, o que tengan relaci6n do cualquier clase con el mismo.(..7) Art. 378.-En campafia o en maniobras se entenderh por puesto militar el drea de la zona poligonal que determine las lIneas rectas que unen los limites extremos de los centinelas avanzados. Art. 379.-En general se llaman Puestos Militares los edificios y terrenos que estfn ocupados permanentemente por tropas, y se laman Campamentos los quo son ocupados temporalmente. DOCTRIA.-Resultando: quo en la causa nfimero 110 de 1917, del Juzgado do Instrucoi6n de Bayamo, seguida por hurto, contra...., se inhibi6 ese Juzgado a favor de la Jurisdicci6n Militar fundado on que el ..... "cuando los hechos, prestaba sus servicios en las filas del Ej6rcito como voluntario". Considerando: que conforme a los articulos 32 y 33 do la Ley de Procedimiento Militar, no es competente la jurisdicci6n de guerra, por no ser militar el acusado al ejecutarse el hecho que se le imputa, y porque, aun cuando entonces lo hubiera sido, al dejar de serlo habria terminado dicha jurisdicei6n a tenor del articulo 35 de la misma Ley. (Auto 216, 17 Abril 1918, Gac. 17 Mayo, Trib. Sup.) -Considerando: que las faltas contra el orden pfiblico y ]as personas, comprendidas en el nfimero cuarto del articulo 597 y en el nfimero primero del 612, ambos del C6digo Penal, que se imputan al 'soldado Aquino por haber formado escndalo y maltratado de palabras a un ciudadano, al no querer abonar los gastos ocasionados en un hotel por una meretriz, coneubina del acusado, deben ser juzgados por los Tribunales ordinarios, pues tales infracciones no pueden ostimarse sometidas expresamente a la 'jurisdicci6n de los Consejos de Guerra, por ninguna do las disposiciones de la Ley do Procedimiento Militar, no solamente por haber sido cometidas segfin aparece do lo (23,6) El resto del articulo es innecesario reproducirlo. (237) El articulo 33 de la Ley de Procedimiento Militar so eontrae a zonas militares y este articulo 377 del Reglamento del Ej~rcito, denomina puestos militares a las zonas. Por tanto, deben estimarse equivalentes dichos t6rminos a los efectos do aquel articulo 33. VWase la nota 233.