PARTE CUARTA ci6n de las que correspondan a los Juzgados Municipales de cuarta clase, cesando, en su consecuencia, los Juzgados Municipales de dichos T~rminos, de conocer de los delitos y faltas que hasta ahora eran de su competencia y quedando modificados en tal sentido los articulos de la Ley Orgnica del Poder Judicial que se opongan a lo que se establece en esta Ley. Art. II.-Esta Ley regird desde el dia de su publicaci6n en la Gaceta Oficial de la Repfiblica. Ley Org. Pod. Jud.-Art. 139.-Los Jueces Municipales, excepei6n hecha de los del Trmino Municipal de la Habana y de los de la Cabecera de Partido Judicial, donde hubiere Juzgado Correccional,(225) ejercerAn funciones correccionales en cuanto a las faltas cometidas en sus respectivas demarcaciones judiciales. (221) Los Jueces Municipales de Cabecera de Trmino Municipal ejercerin funciones correccionales en cuanto a los delitos que se cometan en todo el T6rmino Municipal, a excepci6n de los de Cabecera de Partido Judicial, donde hubiere Juzgado Correccional, con funciones exclusivamente correccionales. (227) Art. 142.-En la materia criminal corresponde a los Jueees Municipales: (3) En cuanto a las funciones correccionales, los Jueces Municipales fendrin las facultades que se les confieren en el articulo 139. Los Jueces Municipales de cuarta clase ejercerin solamente jurisdicci6n correccional en materia de faltas.225) Art. 131.-Corresponde a las Audiencias en materia criminal: (3) Conocer en grado de apelaci6n de los asuntos de que hubieren conocido los Juzgados Correccionales, si contra el faIlo de 6stos proeediese tal recurso. Disposiciones Transit-orias.-X.-Los preceptos del inciso tercero del artficulo 131 y del primero del articulo 138,(29) sobre apelaci6n de los fallos de los Jueces Correccionales, quedardn en suspenso hasta tanto se promulgue el procedimiento a que ban de ajustarse dichas apelaciones; mientras se determine dicho procedimiento, los Juzgados Correccionales conocerAn en (225) En el texto original (el articulo 139 no aparece -,y de 1os de eabecera d Partido Judicial dondle hubiere Jnzgado Correccional"' y lo agregamo", usan(Io ]a letra bastardilla para destaear ]a frame, como eonwecuencia de ]a Ley de 21 de Diciembre de 1927 (Gac. del 27) que arriba aparece en el COMPLEMENTO. (226) Vase la demareacion judicial de eada Juzgado en las piginas 67 y siguientes. (227) Lo insertamos tal como qued5 modificado por ]a Ley de 15 .de Agosto do 1919 (Gac. ext. del 20). (228) Wase Ia nota anterior. (229) VWase en ]a pSgina 107.