PART SE4UNDA Velasco: barrios Velasco, Calder6n, Ufias y Ufiitas. Auras: barrios Auras, Managuaco, Aguas Claras y Corralito. (119a) Yareyal: barrios Yareyal, Damifin, Guairabo, Cabezuela, Ciego la Rioja, Calabazar, poblados de Mir y Cupey.(20) San Gerrndn: barrios San German, Estrada, Rey y San Francisco. (121) Sao Arm-oa: barrios Sao Arriba, La Palma, Melones y Aguada.(121a) Omaja: barrios Omaja y San Agustin de Aguarfs.(121b) Partido Judicial.de Gibara. Gibara: barrios Norte, Sur, Arroyo Blanco, Cantimplora, Candelaria, Bocas, Cupeycito y Blanquizal. cripto al Juzgado Municipal de Tachmara, y el nuevo barrio de DeIcite, se adscribiesen al do Cacocfim; por Decreto de la Secretaria do Justicia de 30 de Abril de 1917 (Gac. 23 Mayo) se dispuso que los poblados de Mir y Cupey que forman parte de los barrios La Rioja y Las Calabazas dejaran de pertenecer al Juzgado Municipal de Yareyal y lo adseribi6 al de Cacoceim; por Decreto de la Secretaria do Justicia do 27 de Marzo de 1925 (Gac. 3 Abril) se dispuso que volvieran a formar parte del de Yareyal; per Ley de 6 de Julio de 1927 (Gae. del 14) so dispuso que el barrio San Francisco pasase a formar parte del Juzgado Municipal de San GermAn; por la Ley de 8 de Mayo de 1924 (Gac. del 15) el barrio do Antilla fu6 segregado de este Juzgado y se adscribi6 al Juzgado de Antilla; y por Decreto de la Secretaria de Justicia de 3 do Junio de 1925 (Gao. del 8) se le asign6 la porci6n de territorio que arriba so menciona. (119a) Por Decreto del Secretario de Justicia de 28 de Noviembre de 1928, se le agreg6 el barrio de Corralito que antes pertenecia a Sao Arriba. (120) Por Decreto de la Secretaria de Justicia do 27 de Marzo do 1925 (Gac. 3 Abril) se asign6 a este Juzgado los poblados de Mir y Cupey; por Decreto de la Secretaria de Justicia de 15 de Febrero de 1927 (Gac. del 17) se dispuso que ]a cabecera radicase en el poblado de Cupey; por la Ley de 6 de Julio de 1927 (Gao. del 16) se dispuso quo los barrios de Omaja, Cabezuela y Calabazas pasasen a formar parte del Juzgado Municipal de Omaja; por Decreto de la Seeretaria do Justicia de 4 de Mayo do 1928 (Gac. del 16) se volvi6 a disponer que los barrios de Cabezuela y Calabazas se segregasen del Juzgado Municipal de Omaja y se adscribieson al de Yareyal; que el barrio de San Lorenzo se segregase do este ltimo Juzgado y se adscribiese al do Omaja; y por Decreto do la Secretaria do Justicia de 1' de Octubre de 1928 (Gae. del 5) so dispuso quo el barrio La Rioja, que forma parte de Mir, y este poblado, pasasen a formar parte de este Juzgado. (121) Este Juzgado fu6 creado por Ley de 6 de Julio de 1927 '(Gac. del 16) con los barrios arriba insertos y ademAs los do Cabezuelas y las Calabazas; pero estos dos filtimos fueron segregados y adscriptos al do Yareyal por Resoluci6n del Secretario de Justicia de 4 do Mayo de 1928 (Gac. del 16). 121a) VWase la nota 121 en su primera parte. Por Decreto del Secretario de Justicia de 28 de Noviembre do 1928, se le segreg6 el barrio de Corralito que se agreg6 a Auras. (121b) Este Juzgado fu6 creado por la Ley de 6 de Julio de 1927