PARTE SEGUNDA COMPLEMENTo.-Orden 122 de 1899 sobre use de transported oflciales (Gac. 29 Julio).--E1 Gobernador General de Cuba ha tenido A bien disponer la publicaci6n de la Orden siguiente: I. En lo sucesivo los "requerimientos oficiales de transportaci6n para el Gobierno de la Isla de Cuba" se usardn para viajar por motivos de a-suntos pfiblicos del referido Gobierno. II. Todos aquellos h quienes se faciliten libros para "requerimientos oficiales de transportaci6n para el Gobierno de la Isla de Cuba" ser~n responsables de la conservaci6n de los mismos, y tambi~n de que no se hagan requerimientos para viajes que no est~n debidamente autorizados. III. El Tesorero de la Isla de Cuba harA que se preparen los mencionados libros "requerimientos oficiales de transportaci6n para el Gobierno de la Isla de Cuba" y los distribuird A aquellas personas que designe el Gobernador General. Orden 245 de 1899 dictando reglas para su usC (Gac. 20 Diciembre).-El Gobernador General de Cuba ha tenido A bien disponer ]a publieaci6n de la Orden siguiente: V.-Primera clase: A aquellos empleados (y los militares cuando desempefien comisiones civiles), cuyos haberes fueren de $ 1,200 6 mayores.... VIJ.-Tercera clase: A cualquiera otra persona que viajare en comisi6n por cuenta del Estado... (31) Circular de la Secretaria de Justicia de 19 de Febrero de 1926, para que se soliciten los talonarios por conducto de dicha Secretaria.-Sr. Presidente de la Audiencia de .... Sefior: con motivo de que frecuentemente se solicitan por los distintos Tribunales de Justicia, talonarios de peticiones de pasajes oficiales, directamente del sefior Secretario de 1Iacienda, el cual no ordena su remisi6n hasta tanto que por este Centro se apruebe el envio, lo que produce tr6mites y demoras innecesarias; a solicitud del expresado Sr. Secretario, he acordado dirigirle la presente, a fin de rogarle que se sirva ordenar a todos los sefiores Jucces Correccionales de ese Distrito Judicial, inclusive los Municipales de cuarta clase, que en lo sucesivo, cuando tengan que solittar talonarios de boletas de pasajes oficiales, se dirijan a esta Secretaria y nunca a la de Hacienda ni ninguna de sus (38) De esta Orden solo publicamos lo pertinente. Por Circular de 12 de Diciembre de 1902 (Gac. del 12) Ia Tesoreria General intcres6 de los encargados de expedir peticiones de pasajes que cuidaran de evitar todos los viajes que no fuesen indispensables para el buen servicio y que se expidan por Ia via mAs ventajosa para el Estado. Por Circular de 9 do Febrero de 1910 (Gae. del 10) se hizo igual prevenci6n. Y tambi~n por Ia Circular do 28 de Octubre de 1910 (Gac. 5 Noviembre) se reiteraron aquellas recomendaciones.