PARTE SEGUNDA y Vedado de la Habana, debiendo su demarcaci6n ser fijada por la Secretaria de Justicia, previo informe de la Sala de Gobierno de la Audiencia de la Provincia y aprobado por igual Sala del Tribunal Supremo de Justicia. (15) De segunda clase: Todos los de Capitales de Provincia y los de las dams poblaciones en que existan actualmente o en lo sucesivo, un Juzgado de Primera Instancia de segunda clase o de Primera Instancia e Instrucci6n de la misma categoria. (10) De tercera clase: Todos los de las cabeceras de Trminos Municipales en que no exista algfin Juzgado Municipal de las dos clases anteriores.(17) (15) Los de primera clase no conocen de delitos ni de faltas. (16) Son de segunda clase: En la provincia de Pinar del Rio: los del Norte y Sur, en Pinar del Rio, y Guanajay. El iltimo conoce de delitos y faltas. En la de la Habana: Los de San Antonio de los Baflos, Giiines, Marianao y Guanabacoa. Todos conocen de delitos y faltas, menos el de Marianao, que s6lo conoce de faltas. Vase lo que sobre el particular so dice en el anartado 22 de esta primera parte. En la de Matanzas: Los del Norte y Sur, en Matanzas, Cirdenas, Col6n, Alacranes y Pedro Betancourt. Los dos iiltimos conocen de delitos y faltas. En la de Santa Clara: Los de Santa Clara, Cienfuegos, Remedios, Sagua la Grande y Sancti Spiritus. Los dos iltimos conocen de delitos y faltas. En ]a do Camagioy: Los do Camagiiey y Mor6n. El dltimo conoce solo de faltas. En la de Oriente: Los de Santiago de Cuba, Guant6namo y Holguin. Los dos filtimos conocen de delitos y faltas. (17) Son de tercera clase: En la provincia de Pinar del Rio: los de San Luis, San Juan y Martinez, Guano, Mantua, San Crist6bal, Los Palacios, Candelaria, Artemisa, Cabafias, Mariel, Consolaci6n del Sur, Consolacidn del Norte y Vifiales. En la de la Habana los do Regla, Gilira de Melena, Alquizar, Madruga, Nueva Paz, San Jos6 do las Lajas, San Nicolgs, Melena del Sur, San Antonio de las Vegas, Bejucal, Santiago do las Vegas, Surgidero do Bataban6, La Salud, Quiviein, Bauta, Caimito del Guayabal, Santa Maria del Rosario, Jaruco, Aguacate e Isla de Pinos. En ]a de Matanzas: los de Limonar, Santa Ana, Marti, Jovellanos, Carlos Rojas, Uni6n, Bolondrdn, Sabanilla del Encomendador, Cabezas, Perico, Manguito, San Jos6 de los Ramos, Pedro Betancourt, Agramonte, Jagiiey Grande, Miximo G6mez, Areos de Canasi y Arabos. En la de Santa Clara: los de Esperanza, Ranchuelo, San Juan do los Yeras, San Diego del Valle, Rancho Veloz, Quemados de Giiines, Santo Domingo, Calabazar, Encrucijada, Ceja de Pablo, Cifuentes, Rodas, Palmira, Cruces, Santa Isabel de las Lajas, Abreus, Camarones, Aguada do Pasajeros, Trinidad, Caibari6n, San Antonio de las Vueltas, Camajuani, Placetas, Yaguajay, Zulueta y Cabaigucn. En la de Camagiley: los de Ciego de Avila, Jatibonico, Nuevitas, Santa Cruz del Sur, Florida, Gufimaro y Gerardo Maebado. En la de Oriente: los de Cobre, Alto Songo, Caney, Manzanillo, Campechucla, Niquero, Bayamo, Jiguani, Yateras, Gibara, Baracoa, Mayari, Sagua de Tfinamo, Puerto Padre, Victoria de las Tunas, Palma. Soriano, San Luis, Banes y Antilla. Todos conocen de delitos y faltas.