30 DIARIO DE SESIONES DE LA CONVENCION CONSTITUYENTE ciertos cantones son elegidos par el pueblo. En Francia no est-A regulado ni se desarrolla ni se estudia el Poder Judicial en la Constituci6n. Sus leyes orgdnicas son las que regulan el funcionamiento de la Administraci6n de Justicia. En M.6jico la Carte Suprema Federal es designada par el Congreso en funciones electorales, y los jueces de distrito son elegidos, unas veces par el pueblo, y otras par la Cimara. En Venezuela, los miembros de la -Carte Federal y los jueces son nombrados par determinado nfimero de afios y tienen sefialada la respectiva responsabilidad de los cargos. En otros paises que no debo citar, se establece idntico sistema. Si nosotros hemos observado en la pr.ctica de la Administraci6n de Justicia tanto en el Canad.i coma en los Estados Unidos de America y en la Argentina en lo que toca a la organizaci6n juridica de esas naciones, que no se han aventurado nunca a estampar en sus C'6digos Politicos que los miembros de las Cortes Federales sean facultados para hacer nombramientos de jueces inferiores, no comprendo cuales sean los antecedentes hist6ricos que hayan impulsado a nuestros legisladores a iniciar esa reforma tan peligrosa. Lo que yo puedo afirmar en definitiva, despu~s del estudio que he realizado del sistema imperante en esas naciones es que entiendo que debe reformarse en el sentido de hacer mi.s efectiva la Ley de responsabilidades de la administraei6n de justicia y que cuando se someta a la deliberaci6n del Congreso el Proyecto redactado por ese alto y positivo valor de nuestra intelectualidad, doctor Zaydin, hacienda electivos a los funcionarios del Ministerio Fiscal de la Repfiblica, porque ya que tienen funciones propias, debe ser el pueblo el que les d6 su mandato para llenar su altisimo ministerio, considero que podrA llegarse a la ansiada independencia del Poder Judicial. (Grandes aplausas). -SR. ANDREU (PoR-iuo) : Pido la palabra. SR. PREMDENTE (.SINCHEZ DE BUSTAMANTE) : Tiene la palabra S1. S. SR. ANDREU (Pogriio) : Sr. Presidente y sefiores Delegados: Declaro con la sinceridad que caracteriza todos los actos de mi vida que si el distinguido compaiiero doctor Don, en su brillante exposici6n me hubiera convencido, en forma alguna hulbiera levantado mi modesta voz para no reargumentar, pero coma no ha sido asi, a mi vez, voy a presentar a la consideraci6n de esta dignisima Asamblea los motivos, las razones, los argumentos que tengo para solicitar, en contra de mi compafiero el doctor Don, que, a la inversa, se rechace el Dictamen de la Comisi6n en la forma en que lo ha propuesto. En el dia de ayer uno de los distinguidos compafieros manifestaba y nos decia, no recuerdo su nombre, que en todos nuestros problemas que debatiamos en esta Asamblea, debiamos fijarnos, no solo en el conjunto de procedimientos de paises distintos sino, adem~s, atribuyendo, aplicando, estudiando minuciosamente nuestros propios problemas internos, a los que pretendiamos buscarles el remedlio. Y dentro d,, ella, en los momentos en que el distinguido compaiero hacia su brillante oraei6n, me venia a la mente y recordaba que esVtbamos resolviendo un problema trascendental interno, capital para la Repfiblica, de una irmportancia, de un relieve tal, que me consta, ha sido acuciosamente estudiado par la digna 'Comisi6n de los quince, aunque ha traido un dictamen contrario a lo que yo estimo beneficioso, y respetando coma respeto profundamente su resoluci6n, creo que no se adapta a las necesidades, no solo del presente, sino a las necesidades del futuro, par aquellas frases que hace un momento manifestaba nuestro querido y siempre amado catedrAtio doctor Cartaya de que ]a legislaci6n que se esti hacienda no va a comprender solo el presente, que puede ser florida y lleno de esperanzas, sino el porvenir con toda la trascendencia que pueda presentarse y entonces el precepto que fijemos en una farina u otra se mantendri cual roca firme en media de los embates m.s furiosos del oc&ano, cuando la tempestad de las pasiones de los hombres mfs furiosas se desaten, y las cuales son mas temibles que las propias olas del mar que transforman hasta los eontinentes. Aquellas destruyen las conquistas de los pueblos, su libertad. En el estado social en que nos encontramos dentro de la perfecta democracia, de esa democracia a veces calumniada, de esa democracia que, a ratos se decapita sin darse cuenta de lo que ella en vida ha sido y lo que ha costado conquistarla, la formula propuesta, basta el presente, no obstante sus respetables detraetores, es la finica chispa producida par el cerebro humano que merece nuestra consideraei6n, aunque a veces quede deslucida porque no tiene una aplicaeidn perfecta y absoluta en el medio en quo se desenvuelve. Partiendo desde sus origenes en que los poderes se desnvuelven siempre en los bstados democr~ticos modernos, fijaindose la divisi6n absoluta, total, radical, completamente independiente de los poderes que sirven de base fundamental a ese Estado, debe tenerse como base la siempre noble sy pura democraeia, cuyos hombres salen del pueblo coma sale de la tierra el manantial fecundo cuando no hay alga que lo cubre y evita su desarrollo en todo su explendor. En ese aspecto y precisamente en el libra que leyb nuestro querido catedr~tico, en la C'onstituci6n Uru-