DIARIO DE SESIONES DE LA CONVENCION CONSTITUYENTE 17 Congreso, como explicaba el doctor Aguirre, de ma.nera brillante. En un futuro tal vez no lejano, el Congreso pesando y estudiando la forma y modo como la mujer deba ejercer esa funci~n civica, que tan harto merecido tiene, seguramente completard esta obra nuestra. SR. PRESIDENTE (SANC=IIZ DE BUSTAMANTE) : Tiene la palabra el sefior Garcia Rivera, para explicar su voto. S,. GARciA RivRA (ANDRAS): He votado a favor de la enmienda, no obstante abrigar los mismos eserdpulos legales que el sefior Castillo, entendiendo que esta Asamblea Constituyente debe cefiirse, exclusivamente, a aceptar o a rechazar los acuerdos del Congreso; porque envoiviendo esta reforma, como muy bien decia nuestro Presidente en la sesi6n inaugural, cuestiones de ideales y de intereses, sefialdndose entre los primeros el de la ineorporacion de la Isla de Pinos, y el voto a la mujer, y habi~ndose aprobado undnimemente el dictamen en el cual se alteran substancialmente muchas ci~usulas de las propuestas por el Congreso para reformar aquellos aspectos que atafien al interns, yo croo estar perfectamente respaldado votando a favor de la alteraci6n que representa el ideal. ,SR. PRESIDENTE (SiNCIIEZ DE BUSTAMANTE) : Tiene la palabra el sefior Am6rico Portuondo, para explicar su voto. SR. PORTUONDO (AM aICO) : Sefior Presidente y sefiores Delegados: Realmente, la enmienda del sefior Andreu ha producido el efecto de presentar a la Convencion como contraria a la t~sis fundamental que se sostiene. Eso no es cierto. La Convenci6n, como bien decia el doctor Aguirre, casi en su totalidad es partidaria de otorgar el voto a la mujer; pero en la forma discreta, de la manera progresiva a que se rcfiere la Ley de Reforma Constitucional, aceptada en este extremo por la Comisi6n designada por nosotros en sesi6n muy precedente. La forma propuesta por el doctor Andreu, que pudi6ramos llamar de ejecuci6n inmediata, ha productdo una votaei6n contraria a sus pretensiones; pero no, por cierto, al otorgamiento del sufragio a las excelentes mujeres cubanas, sino simplemente contraria a esa forma rdpida, de inmediata aplicaci6n que el doctor Andreu proponia. Nuestro voto negativo a la enmienda del sefior Andreu, lieva en si los elementos de aprobaci6n del sufragio en la forma progresiva que el Dictamen propone. A mi juieio, ese voto tiene marcada signifieaci6n: Es la primera, porque con el sufragio femenino vamos a nutrir el contingente de cubanos por nacimiento que concurririn a las sagradas funciones del sufragio. Nuestra Constitaci6n proporciona formas de grandes facilidades para la obtenci6n de la ciudadania cubana, y es previsor, y es prudente que busquemos un elemento de compensaci6n en la mujer. Si es cierto que la poblaci6n general de Cuba contiene un tanto por ciento muy crecido de extranjeros, que en un momento dado padieran adquirir la ciudadania cubana, no es igua[mente cierto que sea elevado ese tanto por ciento en la poblaci6n de mujeres extranjeras con relaci6n a la mujer cubana. Y eon estos pensamientos, esencialmente nacionalistas, con estos pensamientos fundamentales en favor de los intereses futuros y presentes de Cuba, he votado que si, tomando una medida previsora en proteei6n de nuestras instituciones republicanas. Pero he votado que si, ademAs, porque espero que otorgando el voto a la mujer ilevaremos nuevos el.mentos de moralidad a nuestras contien-das politicas, proporcionaremos elementos para acrecentar la disciplina de las contiendas comiciales. Como demostraba con elocuentes datos estadisticos el sefior Andreu, la mujer cubana tiene un nivel de cultura muy superior al hombre cubano; y su cultura e instrucci6n nos obliga a pensar que la mujer, en las altas funciones del sufragio, serii elemento de compensapi6n, que equilibrard, en parte la ignorancia de los hombres, aportando en este extremo, elevando con su mayor tanto por ciento general de elementos letrados que concurren a los comicios, la ilustraci6n del cuerpo electoral. Traer& asi, una mayor proporci6n de conciencia y de saber para las designaciones de los altos funcionarios de la Naci6n que deben ser escogidos por medio del sufragio. (Aplausos). SR. PRESIDENTE (SANCHEZ DE BUSTAMANTE) : Se va a dar lectura a la segunda enmienda presentada por el seflor Duque. (El Oficial de Actas, leyendo): A LA CONVENCI.6N CONSTITUYENTE: Los Delegados que suscriben, proponen la siguiente enmien-da al articulo 38 del Proyeeto de Ley de Reformas a la Constituci6n de la Repiblica: El articulo 38 dird: "Todos los cubanos mayores de veintifin afios tienen derecho de sufragio, con excepci6n de los siguientes: Primero: Los asilados. Segundo: Los incapacitados mentalmente, previa deelaraci6n judicial de su incapacidad. Tereero: Los inhabilitados judicialmente por causa de delito. 'Cuarto: Los individuos pertenecientes a las Fuerzas de Mar y Tierra, que estavieren en aetivo. Por lo tanto: El inciso quinto de dicho articulo queda totalmente suprimido y en lugar de 61 debe