DIARIO DE SESIONES DE LA CONVENCION CONSTITUYENTE Los Compromisarios Senatoriales del Partido Politico que hayan obtenido mayor nfimero de votos en las respectivas provincias se reunirin en Asamblea Electoral ISenatorial y elegirhn, simulthneamente, dos Senadores en el dia y en la forma determinados por la Ley. Los Compromisaxios Senatoriales del Partido Po litico que siga en votaci,6n al de la mayoria en las respectivas Provincias, se reunirin en Asamblea Eleutoral Senatorial y elegirAn un Senador en el dia y en la fornma determinados por la Ley . La elecci6n de los Compromisarios se hard por lo electores de la Provincia cien dias antes de la de Senadores. SerA ademAs Senador por dereeho propio durante un trmino de seis afios subsiguientes a la terminaci6n de su periodo presidencial, el que ocupaxe la Presidencia de la Repfiblica en propiedad. La inmunidad a que se refiere el articulo cincuenta y tres de la Constituici6n, no serA aplicable al Senador por derecho propio cuando se tratare de aetos realizados durante su administraci6n como Presidente. El Senado se renovari por mitad en cada dos eleciones sucesivas de las tres que se efectfien en un periodo de nueve afios" Articulo VI.-El articulo cuarenta y ocho de la Constituci6n quedard redactado en la siguiente forma: "Articulo 48.-La CGmara de Representantes se compondrA de un Representante por cada veinte y cinco mil habitantes o fracci6n de m6s de doce mil quinientos, elegidos, para un periodo de seis afios, por sufragio directo y en lia forma que determine la Ley. La CAmara de Representantes se renovara por mitad eada tres afios. Cuando el ndimero de Representantes electos de acuerdo con la proporci6n establecida en el pArrafo primero de este artieulo alcance a ciento veinte y ocho, no podrA aumentarse sino a raz6n de uno por cada cincuenta mil habitantes, siempre de acuerdo con el filtimo Censo Decenal de -poblaci,6n verificado. Una Ley del Congreso regular la forma en qie deberi cumplirse lo dispuesto en este filtimo p. IrraArticulo VII.-El articulo cincuenta y cuatro de la Constituci6n quedarA redactado en la siguiente forma: "Articulo 54.-Las Cdmaras abrirAn y eerraran sus sesiones en un mismo dia, residirdn en una misma poblaci6n y no podrAn trasladarse a otro lugar, ni suspender sus sesiones, por mAs de tres dias, sino por acuerdo de ambas. Tampoco podr~n comenzar sus sesiones ni continuarlas, sin la presencia de la mayoria absoluta de sus miembros. ' Artieulo VIII.-E1 articulo cincuenta y se.is de la C onstituci6n quedarA. redactado en la siguiente forma: "Articulo 56.-Cada Chmara formarh su Reglamento, y elegirA de entre sus miembros su Presidente, Vicepresidentes y Seretarios. Serk Presidente del Congreso el que lo sea del &Snado, y Vicepresidente, el Presidente de la Chmara de Representantes." Articulo IX.-E articulo cincuenta y ocho de la ,Constituci6n quedarh redactado en la forma siguiente : "Articulo 58.-El Congreso se reunirA en un s6lo ,Cuerpo para proclamar al Presidente de la Repfiblica, previa rectificaci6n y eomprobaci6n del escrutinio. En este easo desempefiark la Presidencia del Congreso el Presidente del Senado, y, en su defecto, el de la C~mara de Representantes, a titulo de Vicepresidente del propio Congreso. Si del escrutinio para Presidente resultare que ninguno de los candidatos reuniere mayoria absoluta de votos o hubiere empate, el Congreso, por igual mayoria elegirA al Presidente de entre los dos candidatos que hubieren ,obtenido mayor nfimero de votos. Si fueren mis de dos los que se encontraren en este caso, por haber obtenido dos o mds eandidatos i gual nfimero de votos elegirk entre todos ellos el Congreso. Si en el Congreso resultare tambi~n empate, se repetir6 la votaci,6n, y, si el resultado de 4sta fuere el mismo, el voto del Presidente decidirA. El escrutinio se efectuarh con anterioridad a la expiraci6n del t6rmino presidencial Articulo X.-E inciso d~cimo tercero del articulo cincuenta y nueve de la 'Constituci6n quedard redaetado en la siguiente forma: "13°-Designar, por medio de una Ley especial, quin debe ocupar la Presidencia de la Repfiblica en el caso de que el Presidente sea destituido, fallezea, renunciare o se incapacite." Articulo XI.-E1 articulo sesenta y uno de la Constituci6n quedari redactado en la siguiente for. ma: "Articulo 61. La iniciativa de las Leyes se ejercer. por cada uno de los Cuerpos Colegisladores, indistintamente, y por el Presidente de la Repfiblica, por medio de Mensaje." Artieulo XII.-EI articulo sesenta y sis de la