DIARIO DE SESIONES DE LA CONVENCION CONSTITUYENTE tos de la constituci6n definitiva, hasta que finalizaban dentro de sus disposiciones, los capitulos primero y segundo; y despus de eso, es cuando hemos redactado nuestro propio Reglamento que es-ta siendo sometido a la consideraei6n de la Conveneidn ahcra. El sefior Beltrdn ha sido injusto en este caso con el doctor Zubizarreta. El doctor Zubizarreta, en sa brillante voto particular, en ningin lugar ha hecho la afirmacidn de que la minoria conservadora en esta Convenei6n, digna de los mayores respetos y le las mayores consideraciones... SR. BELTRAN (SEBASTIN) : (Interrwmpiendo). LiMe permite su sefioria una interrupein, con la venia de la Presidencia? ,SR. NtkEZ PORTUONDO (EMILIO): Con mucho gusto. ,SR. PRESIDENTE (SANCHEZ DE lIUSTAMANTE) : Tiene la palabra el sefior Beltrin. SR. BELTRAN (SEBASTIAN) : En el voto particular del seior Zubizarreta se (lice que el finico motivo que nos guia a nosotros, es obstaculizar el desarroIlo de nuestras labores. SR. NO&Ez I'ORTUONDO (EMlio) : Perdone su sefioria que no dice asi. El sefior Zubizarreta no dic.e eso en su voto particular. El seflor Zubizarreta dice que ese pudiera ser el motivo de la disposici6n dcel articulo 37, tal como lo acord6 la mayoria de la Comisidn Redactora del Reglamento. No hace Ia afirmacidn conereta, sino finicamente supone, en estc ,caso, que ese pudiera ser el motivo que tuviera la mayoria para poner este artic'ulo en el Reglamento, y, seguramente, ante las manifestaciones coneretas del sefior Beltrdn, de que ese no es el motivo, el sior Zubizarreta ha quedado conveneido, y s6lo puedo pensar que ha sido producto del error y no de la mala fe, por lo que se Ia opuesto el sefior Beltrfin. .Sn. BELTmAN (SEBASTIAN) : El error ha sido dei sefior Zubizarreta en su voto particular. SR. PRESIDENTE (iH'ANCIJEZ DE BUSTAMANTE) : Ruego a los seiiores Delegados que eada uno reserve sus manifestaciones para cuando deba hacer uso de Ia palabra, porque de lo contrario, es muy dificil encauzar el debate. Continfle el sefior Nfifiez Portuondo. Sn. N'1TNEZ PORTUONDO (EMILIO): Estoy convencmdo de que tiene la razdn el sefior Zubizarreta en so brillante voto particular, porque en virtud de un precepto imperativo de la Ley de Reforma, se determina que la mayoria absoluta de este Cuerpo serA suficiente para comenzar las sesiones y para tomar acuerdos. No encuentro un solo argumento favorable a la t~sis del sefior Beltrdn, no encuentro uno solo, ni aun el orden numrico favorable al mis- mo, porque en la forma en que ha quedado redactado el Reglamento, no significa que sea una, mayoria extraordinaria la que tome acuerdos, sino lo finico que exige es la presencia de las dos terceras partes de los cemponentes d, Ia Convencidn, y que paia continuar las sesiones permanezea presente ese nudnmero; pero no exige que sea neeesario el voto de las dos terceras partes para poder adoptarse un acuerdo. Por lo tanto, el argumento del sefior Belrfin no es de aquellos que convencen. Pero se no dira que la anterior Convencidn, que nos merece a todos el mayor respeto, tenia, en su Reglamento el requisito de las dos tereeras partes de los votantes, y a eso pudiera contestar, que cuando se reuni6 aqueIla Convenci~n Constituyente no existia el Congreso de la Repibliea; que euando se reunion aquella Convcneidn Constituyente, finieamente en ella estaba vinculada Ia representacidn de todos los poderes ' vd toda la opinion pflblica. Por lo tanto, sin duda alguna, era un requisito casi indispensable exigir una votaci~n de las dos terceras partes. Pero en este ca.0 Ia Convenidn viene a resultar como un segundo grado de la consulta a la opinion popular. El (ongreso de Ia Repilblica representa, tambin, al pueblo y tomd el acuerdo de someter al pais el Proyeeto de Reforma Constitucional. El Congreso de ]a Repfiblica, repito, representa, tambi~n, al pueblo seberano. Por lo tanto, ya existe un principio LI opinin popular cuando se toma el acuerdo de Ia Reforma Constitucional. Y viene entoncees a este (nerpo que, tambi~n representa, directamente, a] )ueblo cubano, para ser objeto de lIa resolucidn definitiva. -Por eso, en este caso, a mi entender, no es necesaria esa votacidn extraordinaria, porque ya La mayoria sabe que estA respaldada por el pueblo cobano en los acuerdos que se tomen. A mi me interesa a-clarar, a nombre del Partido Liberal, que, en ningfin easo, bemos querido ni deseamo plantear un problema politico alrededor del Reulamento. Nosotros sabemos que los que representan al Partido Conservador en este recinto estAn animados de los mejores prop~sitos en favor del 6xito de Ia Reforma Constitucional. Estamos conveneidos de que los conservadores estin cuadyuvando a nuestra labor con el mayor entusiasmo y con el mayor y mejor patriotismo. Nosotros no queremos, el ningfn sentido, plantear aqui un problema de ear cter politico, pero nos parece muy justo y razonablc que no renunciemos al derecho que tenemos com, mayoria, dentro de este organismo, de poder tomar a uerdos, porque la mayoria en este recinto significa la mayoria del pueblo cubano. Nosotros ereemos qu' si las eleeciones son ciertas, si los que aqui venimos representamos el mayor nfimero de votos de los ciudadanos .cubanos, indiscutiblemente que Ia mayoria, por ser mayoria, estA representando al pueblo eubano, que ha seguido, en todas las oportunidades, las orientaciones del Partido Liberal. Por eso no queremos