DIARIO DE SESIONES DE LA CONVENCION CONSTITUYENTE 9 produei~ndome en contra de la totalidad del proyecto, para luego, en su oportunidad, presentar las enmiendas que considere oportunas. Si la Presidencia entiende que estoy faltando al Reglamento, ella lo dirA. SR. PRESIDENTE (SiNCHEZ DE BUSTAMANTE): En ese caso lo Ilamaria oportunamente al orden. -SR. NidEZ PORTUONDO (EMImO): Pues como decia, sefior Presidente y sefiores Delegados, el inciso trece del Reglamento, dice asi: (Lo lew). Yo entiendo que precisamente ese periodo para deiscansar es lo que se llama, dentro de la t6enica parlamentaria, los "recesos", que se utilizan, en la mayoria de los casos, para reunirse los respectivos Comit~s Parlamentarios que aqui se en-cuentran representados, y cambiar impresiones sobre problemas que, en muchos casos, han de ser conocidos inmediatamente por la Convenei6n. Me parece, por ello, que en 15 minutos es absolutamente inposible... SR. PRESIDENTE (SINCHEZ DE BUSTAMANTE) : LMe permite el sefior Nfifiez Portuondo? Esas observaciones suyas me parecen referirse a oada uno de los articulos del Reglamento; y como lo que se est. discutiendo es la totalidad, estimo que debiera dejar sus observaciones para la oportunidad en que se entre en la discusi6n del articulado. SR. NOaEZ PORTUONDO (EMILIO): Sefior Presidente: Es que yo estoy haciendo un estudio del Reglamento completo, haeiendo las observaciones que se me oeurren sobre el proyeeto, en conjunto, que ha de ser aprobado. Por lo tanto, ese es un articulo, a mi juicio, completamente inaplicable en este caso, y que debe ser modificado. Por el articulo 33 queda estatuildo tambi6n que lo; ;efiores Delegados... SR. ZUBIZARRETA ('OcTAVIO) : Con su venia, sefior Presidente--si me lo permite el sefior Delegado--voy a hacer una sfplica. SR. NfijRE/ PORTUONDO (EMIbIO): Con mueho gusto. SR. PRESIDENTE (SINcusz DE BUSTAMANTE) : Tiene la palabra el sefior Zubizarreta. iJSR. ZUBIZARSETA (OCTAVIO) : Yo no s6 si he entendido mal; pero no me parece que se est6 impugnando la totalidad, sino haciendo observaciones que mds tarde habrAn de hacerse tambi6n, seguramente, a cada uno de los articulos. Yo suplieo al sefior Delegado que permita que se someta a votaci6n la totalidad; y, cuando se vaya a discutir el articulado, presente las enmiendas que erea neceesarias. Me parece que as! ganaremos tiempo. SR. NiEz PORTUONDO (EmuIwo): Yo complazeo eon muehisimo gusto al sefior Zubizarreta, pero deseo que la Convenci6n comprenda que de esta manera perderemos mds tiempo, porque yo nada m~s que iba a molestar a la Asamblea por breves momentos para sefialar algunos defectos que he notado en el proyecto de Reglamento. Asi es que me reservo el derecho de hacer uso de la palabra para mis impugnaciones, cuando se discuta el articulado. SR. ZUBIZARRETA (OCTAVIO): Yo creo que es un error de apreciaei6n; porque esas observaciones hay que presentarlas por escrito, en forma de enmiendas, a cada uno de los artioulos. SR. PRESIDENTE (SA NCHEZ DE BUSTAMANTE): Estamos discutiendo la totalidad. Ilay algfin Delegado que desee hacer objeciones a la totalidad? SR. PORTUONDO (AMIuoo) : Pido la palabra. SR. PRESIDENTE (S-NCHEZ DE BUSTAMANTE) : Tiene la palabra S. S. SR. PORTUONDO (AMLRICO): Sefior Presidente y seliores Delegados: Como expresaba hate pocos instantes, el prop6sito de los componentes de la Comisi6n, fu no hacer aqui una exposiei6n de motivosque pudi~ramos llamarla-de aquellos en los cuales te inspirara su obra; pero con vista de las impugnaciones heehas por el sefior Nifiez Portuondo, nos parece conveniente ilustrar a la Convenci6n acerca de las normas generales que hemos seguido para la confecci6n de este Proyecto de Reglamento. De ese modo quedarA formulada su defensa integral, sin perjuieio de que a. discutirse el articulado, cada uno de los sefiores Delegados pueda ofrecer sus observaciones concretas a los preceptos que tenga a bien. La. moci6n aprobada por la Convenci6n mediante una notable mayoria de votos, a virtud de la cual se acor.6 la redacci6n de un Reglamento definitivo y el nombramiento de una Comisi6n redactora, seial6 como bases para el tra'hajo de la Comisi6n, dos Cuerpos legales; el Reglamento de la Convenci6n de 1901, y la Ley de 21 de Julio del pasado afio, asi como, ademds, los cuerpos similares que los micmbros de la Comisi6n estimasen convenientes consultar. iSe han inspirado, pues, los miembros de la Comisi6n, en esos dos proyectos como base para su estudio; pero como autoriza el acuerdo de la Convenei6n tambi~n, para que se tengan en cuenta, todos aquels cuerpos legales, anklogos a este Reglamento, ya nacionales o extranjeros, acudimos, en primer lugar, al Reglamento de la Ckmara de Representantes y del Senado, y nos encontramos--sea dicho en m6rito de la Convenei6n de 1901--ceon que el Reglamento de la