8 DIARIO DE SESIONES DE LA CONVENCION CONSTITUYENTE se discuta en esta sesi6n el Proyeeto de Reglamento presentado ? (Sedales afirmativas). Queda acordado. Se pone a discusi6n la totahiad. SR. NBEz )ORTUONDO (EM LIO) : Pido la palabra, en contra. SR. PRESIDENTE (SINCHEZ DE BUSTAMANTE) : Tiene la palabra 1S. S. SR. NaiEz PORTUONDO (EMILIO) : Sefior Presidente y sefilores Delegados: En estos momentos, el senior Presidente de la Convenei6n ha solmetido a la consideraci6n de este Cuerpo la totalidad del Reglamento, o sea el dictamen dc la Comisi6n que fu6 designada al efecto. Despuds de un estudio cuidadoso de ese Proyecto de Reglamento, a mi se me han ocurrido aigunas objeciones, dignas dc ser tomadas en consideraci6n, que las sefialo dinica y exclusivamente, para quc la Convenci6n resuelva, de acuerdo con lo que entienda que es justo y legal. La primera observaci6n que se me ocurre es que, del articulo 12 al 20 inclusive, se estd legislando para el pasado, es decir, se est'A dcterminando la forma de organizaci6n de la Convecnei6n Constituyente, o sea, c6mo se aprueban las actas, c6mo se elige la Mfesa definitiva, cuando. en realidad, ya todo eso se ha heeho de acuerdo con la Ley de Reformas Constitucionales que vot6 el Congreso. Es absolutamente innecesario que nosotros legislemos en ese sentido, porque es Qontrario a los prineipios de Derecho, que, en todos los casos, prohibe, en una forma terminante, que se legisle para el pasado. Pudiera argumentarse en cl sentido de que lo que se pretende es dejar el Reglamento de una Convenci6n Constituyente para una pr6xima Reforma Constitucional, para quo la Convenci6n no se encuentre, en el futuro, en la misma situaci6n que la actual, que 'ha necesitado hacer un Reglamento y perder varios dias en este mero trdmite. Pero, entonces, me encuentro con quc ese Reglamento, en ninguna forma puede ser utilizado, porque existe un precepto del propio Reglamento, que sefiala que solamente se discutirA el Proyecto de Reformas Constitucionales de 21 de julio del afio pasado; es decir, que sefiala una forma concreta y terminante, o sea, que este Reglamento, exclusivamente, se hace para el Proyecto de Reformas Constitucionales. Por eso se me ocurre que, o teniamos que rechazar del articulo primero al veinte inclusive, por infitiles, o, si queremos dejar ese Reglamento, como mode- 1 lo, para las futuras Convencione.4 que se reunan, modificar entonces el pre-epto que se refiere a que (ni- ca y exclusivamente puede discutirse el proyeeto de Reforma Constitucional de 21 de Julio, que vot6 el Congreso. Ambos articulos, ambos preceptos, son completamente opuestos. Ambos articulos no tienen aplicaci6n en este caso. Pero examinando, ademhs, detenidamente,-no con el deseo de criticar la labor que ha realizado la Comisi6n designada al efecto, la cual es digna de mis mayores aplausos,-xaminando, como antes decia, esos preceptos, me encuentro con algunos que es necesario, a mi juicio, modificar. El inciso trece del articulo 24 del proyecto determina que es facultad del Presidente dc la Convenci6n el sefialar, durante las sesiones, el tiempo necesario para descansar o para que puedan prepararse las votaciones secretas, no pudiendo durar mds de un cuarto de hora, ese tiempo. SR. PORTUONDO (AM ,RIcO): AMe permite S. S. una interrupai6n, con la venia de la Presidencia? SR. NAiEZ PORTUONDO (EMILIO) : Con mucho gusto. SR. PRESIDENTE (SiNCHEZ DE BUSTAMANTE) : Tiene la palabra el sefior Am~rico Portuondo. SR. PORTUONDO (AMI co) : La Comisi6n que recibi6 el honor de la Convenci6n de redactar el Reglamento, en m~rito de la brevedad, en su deseo de que lleg-semos cuanto antes a la diseusi6n del proyecto de Reforma Constitucional, procedente del Congreso Nacional, no quiso incluir una exposici6n de motivos como prefaeio de su obra reglamentaria. Tampoco quiso, y fu6 acuerdo expreso de los miembros de la Comisi6n, distraer, en esta tarde, algunos minutos a in sesi6n para dedicarlos a producir ese informe en forma oral. Esa es la raz6n por la cual silenciamos euando la Presiden ia anunci6 que se ponia a discusi6n la totalidad del proyecto. Pero con vista de la orientaci6n del discurso del doctor Nfifiez Portuondo, se me ocurre lo siguiente: Como van a hacerse observaciones a articulos del Reglamento y estainos en la discusi6n de la totalidad, parece que es mhs propio que el sefior NMifiez Portuondo reserve todas sus objeciones, para el momento en que entremos en la discusi6n dcl articulado dcl proyeeto. SR. PRESIDENTE (SkNCHEZ DE BUSTAMANTE) : C0ontinfle el sefior Ndfiez Portuondo. SnR. NdI EZ PORTUONDO (EMILIO): No estoy de acuerdo con el sefior Am~rico Portuondo, por lo siguiente: Porque para ganar mayor tiempo, es que hago estas observaciones. Yo estoy interesando la supresi6n de veinte articulos del Reglamento; y en a forma en que el sefior Am6rico Portuondo lo pro?one tendria que hacer veinte veces seguidas las misnas observaciones. Por eso lo que estoy haciendo es