siempre que fuere afiliado al Partido que lo eligi6.
 Cnaudo jpor cualquier inotivo no se efectlfe Ia eleeeioii a lie se refiere este artieilo, o se anniare, ]a Junita Mlieipal Electoral sefialari eon diez dias de antelaciwi ]a nueva feeha en que se harA ]a elecei(n, conitinicndolo al Presidente del Couiit6 Ejeeutivo Aluniipal a Jos efevtos de la publhcaci6a y de cuanto inis fuere pertinente.
 En el easo de que hubiese empate para ]a eleci61i de algfin cargo se adoptarA para resolverlo el proeedimiento establecido en el Articulo 203 de esle CO(ligo, actuando de Presidente el del Comit6 Provisional y de Secretario el encargado de las actas.
 Articulo 305.-Ningfin elector, durante el periodo de reorganizaci6n, podrA volar en las Asamblea. de mis tie un barrio, sean o no del niisrno Partido, ti en dos o mfts asambleas de un mism) barr;o pertenoz.ienips a distintos Parlidos. Las boletas que hayan servido para ]a elecei6n se guardarin en una pannete cerrado y sellado con las firmas del Comit6 Provisional y de los veedores, si los hubiere.
 Articulo 306.-Por cada ochoeientas afiliaciones o fraeei~n, heelias l)or la Conisi6n de luseripcu6n de cada barrio, la Junta Municipal procederA a formar un Registro de Afiliados segfin se expresar'i en el artivilo signivnte.
 Articulo 307.-La sesi6n a que se refiere el Artivulo 304 ie este C6digo, se dividiri en dos momentos: el Iwimero se dedicarh ala cons sittuci6n dei CoimiI6 provisional y a ]a votaeidn, qtie qIedar.i Cerrdla a las cinco p. in.; y el segmdo ite co)nenzarAi al termiiarse Ia votacion, y correponderk al escrutinio, el cual durar-A hasta que se hagan las provlarnaviones, o se conozea el resultado de la elecein en este Colegio. en el caso de que Imbiere mAs de un Colegin en el barrio. El escrutinio deber5, terminarse antes de las doce de la noche.
 1) El Comit6 Ejeeutivo Municipal, o en su caso el ComiI 6 Ejeettivo Provincial, de los distintos Partides de enya reorganizaciin se Irate deliervin desig. nar para In renui6n de las Asambleas en los barrioR, locales qie sean, no solarnente de fHcil aceeso pare los electores, eomo exige este C6digo, sino, adewAs,


-211-