DEUDAS DE LA REPUBLICAN 351 reservas y advertencias legales y reglamentarias a que se refiere dicho articulo y las demds Leyes y disposiciones vigentes actualmente. Asi lo dicen y otorgan los comparecientes, dando fe yo, el Notario, de haber leido a las partes, integramente, esta escritura, mostrando todos su conformidad con el contenido de la misma y ratificdndola expresamente. Asimismo doy fe del conocimiento de los otorgantes de esta escritura, que he redactado de acuerdo con las instrucciones de los mismos. Con la expresa aprobaci6n de las partes, se hacen las siguientes salvedades: (Siguen las salvedades). En el acto de firmar, y como adici6n a esta escritura, se hace constar que los Contratistas se obligan a entregar y en este acto entregan al Sr. Secretario de Hacienda el compareciente Dr. Ruiz Mesa, certificados provisionales de obligaciones que al noventa y cinco por ciento de su valor nominal representan los anticipos a que se hace referencia en la cliusula vig6sima quinta, de esta escritura y cuyos certificados de obligaciones le serin devueltos al reintegrar al Estado, los anticipos expresados de un mill6n ochenta y siete mil setecientos diez y ocho pesos cincuenta y seis centavos, los Sres. Warren Brothers Company, y doscientos cincuenta mil pesos la Compafiia Cubana de Contrasistas, en la forma y en las oportunidades pactadas en la mencionada cliusula vig6sima quinta. Los Sres. Warren Brothers Company, a esos efectos entregan el Certificado nfimero nueve por un mi116n ciento cuarenta y cuatro mil novecientos pesos, valor nominal y la Compafia Cubana de Contratistas entrega el Certificado nimero siete por doscientos sesenta y tres mil cien pesos valor nominal. Leida esta adici6n, a los Sefiores comparecientes por renuncia que hicieron de su derecho para hacerlo por si en su contenido se ratificaron todos y firman. De todo lo cual, de que esta escritura la he redactado de acuerdo con las instrucciones de las partes, y de que con la aprobaci6n de las mismas se hacen las nuevas correcciones que siguen, yo, el Notario, doy fe. (Siguen las nuevas correcciones). Mario Ruiz Mesa.-W. C. Rich.-Y. B. Safford.-C. M. C spedes.-Adolfo R. Arellano.-,Tuan R. Arellano.-J. G. Carriker.-Dr. Oscar A. Montero. DOCTOR JUAN RAMIEEZ DE ARELLANO Y GONZALEZ DE MENDOZA, SECRETARIO DE LA SOCIEDAD ANONIMA "COMPARIA CUBANA DE CONTRATISTAS". dertifico: Primero: Que por escritura nimero dos mil diez y site, de veintiocho de noviembre de mil novecientos veintis6is, otorgada ante el Notario de esta Ciudad, doctor Mario Recio y Forns, de la que se pagaron los derechos fiscales y fu6 inscripta en el Registro Mercantil de la Habana, se constituy6 la Sociedad an6nima "Compahia Cubana de Contratistas'", con domicilio en esta Ciudad, por t6rmino indefi-