DEUDAS DE LA REPUBLICAN 341 Certificado nnimero siete por doscientos sesenta y tres mil cien pesos, valor nominal de obligaciones de las Series A y B, y Certificado nihmero ocho por dos millones seiscientos setenta y dos mil quinientos pesos, valor nominal de obligaciones de la Serie A y B. Mediante la entrega de estas "Obligaciones", la Compalifa Cubana de Contratistas se da por pagada y satisfecha del imported de los trabajos efectuados por la misma hasta el dia treinta de septiembre de mil novecientos treinta, siempre que al vencimiento de estas "Obligaciones", o antes, segnin se prev6 en esta escritura, la Repiblica de Cuba haya pagado y satisfecho a los tenedores de estas "Obligaciones" el importe integro de las mismas, sin descuento ni deducci6n de ninguna especie, mds sus intereses, segnln aqui se dispone. Del propio modo conviene la Repndblica de Cuba en entregar y los Contratistas de la Carretera Central convienen en recibir en o antes del dia veinte de noviembre de mil novecientos treinta, "Obligaciones" en cantidad suficiente para cubrir el importe de las obras ejecutadas por los Contratistas hasta el dia treinta de octubre de mil novecientos treinta, al mismo tipo de emisi6n del noventa y cinco por ciento, llevandose a efecto esta entrega tan pronto como, de acuerdo con los t6rminos de los respectivos contratos, deben verificarse los pagos de las expresadas obras. En la misma forma, la Repfiblica de Cuba entregard, y los Contratistas de la Carretera Central recibirin, en o antes del dia veinte de diciembre de mil novecientos treinta, "Obligaciones" en cantidad suficiente para cubrir el importe de las obras ejecutadas por los Contratistas hasta el dia treinta de noviembre de mil novecientos treinta, al mismo tipo de emisi6n del noventa y cinco por ciento. En la misma forma, en o antes de los dias veinte de los mess de enero y siguientes, hasta el dia veinte de marzo inclusive, del aflo mil novecientos treinta y uno, el Gobierno de la Repiblica de Cuba entregari y los Contratistas de ]a Carretera Central recibirin "Obligaciones" en cantidad suficiente para cubrir el imported de las obras ejecutadas por los Contratistas hasta el dia ndltimo del mes anterior al de su entrega, al mismo tipo del noventa y cinco por ciento y hasta quedar totalmente pagadas las obras ejecutadas por los Contratistas con anterioridad al dia veinte de marzo de mil novecientos treinta y uno y realizandose posteriormente, siempre dentro de los plazos para el pago estipulados en los respectivos contratos de obra, la entrega de las "Obligaciones" en cantidad suficiente para el pago de las obras ejecutadas con anterioridad al dia veinte de marzo de mil novecientos treinta y uno, pero liquidadas con posterioridad a la expresada fecha. Los Contratistas Warren Brothers Company declaran haber recibido de la Secretaria de Hacienda, a cuenta de la liquidaci6n de los trabajos realizados por los mismos hasta el dia treinta de septiembre de mil novecientos treinta un mill6n ochenta y siete mil setecientos diez y ocho pesos cincuenta y seis centavos.