DEUDAS DE LA REPUBLICAN 331 amortizaci6n. En la fecha indicada, el principal nominal y los intereses acumulados de las "Obligaciones" agraciadas en el sorteo, seran pagaderos al tenedor de las mismas, en la Oficina principal del Banco, en la Ciudad de Boston, Estado de Massachusets, Estados Unidos de Am6rica, o en la Sucursal en la Ciudad de la Habana. Repnblica de Cuba y a la entrega de cualquiera de dichas "Obligaciones" asi sorteadas, con todos sus cupones adheridos y que venzan en/o despu6s de la fecha de dicha amortizaci6n, el Banco, como Agente Fiscal del Fondo de Amortizaci6n entonces por 61 retenido, pagari el principal e intereses de las "Obligaciones". Con cinco dias de anticipaci6n, por lo menos, a cada fecha de pago tal como anteriormente se ha especificado, la Repnblica entregari al Banco, como su Agente Fiscal, una suma de dinero suficiente para pagar el principal nominal e intereses correspondientes, de todas las "Obligaciones" que resulten amortizadas, y el importe total, igualmente, de los intereses correspondientes a aquellas "Obligaciones" que no hayan sido amortizadas. Una vez hecha dicha entrega y siempre que el aviso antes mencionado haya sido publicado, los intereses sobre todas las "Obligaciones" asi sefialadas para redenci6n en esa fecha, cesariin de devengarse y acumularse despu6s de cualquiera de las fechas de redenci6n, y los tenedores de esas "Obligaciones" y de sus correspondientes cupones, cesarin de participar en la garantia u otro beneficio de este Convenio, y no tendrdn mis derecho, de acuerdo con el mismo, que el de recibir el importe del principal nominal de sus "Obligaciones" con sus intereses acumulados hasta la fecha fijada para la redenci6n, a la entrega de cualquiera de dichas "Obligaciones" seialadas para redenci6n, con todos los cupones correspondientes a las mismas, vencederas en la fecha de redenci6n y/o que venzan posteriormente. Tales "Obligaciones", si no son pagadas a su presentaci6n, de acuerdo con dicho convenio, continuarin devengando intereses al tipo expresado en las mismas, hasta su definitivo pago. La responsabilidad de la Repiblica en relaci6n con todas las "Obligaciones" y sus correspondientes cupones redimidos mediante la operaci6n de los fondos de amortizaci6n, quedara extinguida y tales "Obligaciones" y cupones serin cancelados e inutilizados por el Banco quien los remitir4 a la Secretaria de Hacienda una vez cancelados e inutilizados, y dichas "Obligaciones" no serin emitidas nuevamente por ningnin concepto. El Banco queda encargado de preparar y publicar todos los avisos necesarios o que hayan de darse de acuerdo con las disposiciones de este convenio, asi como de la remisi6n por correo, de los mismos, en los casos en que proceda. . Todos los gastos relacionados con la operaci6n del fondo de Amortizaci6n y/o con la publicaci6n de estos avisos y su remisi6n por correo, serin por cuenta de la Repiblica. Con cinco dias de anticipaci6n, cuando menos, al dia treinta de