DEUDAS DE LA REPUBLICA responsabilidad necesarios o adecuados en el asunto o que se requieran por cualesquiera autoridades constituidas en la Repfiblica de Cuba, con pleno poder para delegar y revocar con respecto a todos o cualesquiera de dichos actos, asuntos, cosas y poderes." Yo, el Notario, doy fe que todo lo relacionado y transcripto concuerda bien y fielmente con un testimonio de la escritura nnimero novecientos veintinueve, de dos de septiembre de mil novecientos veinticnatro ante el Licenciado Arturo Mahas. y TTrquiola, a que me he referido anteriormente y que tengo a la vista, devolvi~ndolo al interesado, senior Carriker, asi como que he tenido a la vista en este acto un testimonio del acta nfimero trescientos veinticuatro, de seis de junio de mil novecientos veintinueve, ante el doctor Joaquin Maria Barraqu6 y Gonzilez, redactada en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo doscientos quince del vigente C6digo Notarial y que tambi6n devuelvo al interesado. Aseguran hallarse en el pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles; y considerindolos yo, el Notario, a mi juicio, con la capacidad legal necesaria para este otorgamiento, sin que me conste nada en contrario. PARTE PRIMERA Exposici6n. Los sefiores Mario Ruiz Mesa y Carlos Miguel de C6spedes y Ortiz, con los caracteres con que respectivamente comparecen a esta escritura, manifiestan lo siguiente: PRIMERA Decreto dos mil treinta y cuatro de mil novecientos veintisiis y escrituras numeros veintiuno y veintid6s de diez y nueve de, febrero de mil novecientos veintisiete, ante el Notario de la Habana dc.ctor Regino Truffin y Pirez de Abreu. Que de acuerdo con las recomendaciones hechas por el Tribunal de la Subasta para la construcci6n de ]a Carretera Central, y a propuesta del seflor Secretario de Obras Pniblicas, el Ejecutivo Nacional dict6 el Decreto Presidencial nimero dos mil treinta y cuatro, de fecha treinta de diciembre de mil novecientos veintis6is, publicado en la Gaceta Oficial de la Repniblica el dia cuatro de; enero de mil novecientos veintisiete, y de conformidad con lo dispuesto en el mismo, el Gobierno de la Repniblica de Cuba otorg6 con Warren Brothers Company o con la Compaiiia Cubana de Contratistas, S. A., los contratos para la construcci6n de la Carretera Central contenidos en las escrituras niimeros veintiuno y veintid6s de diez y nueve de febrero de mil novecientos veintisiete, ante el Notario de la Habana doctor Regino 293