DEUDAS DE LA REPUBLICA ingresos normales recaudados de los impuestos especificados en los Articulos XII al XIX, ambos inclusive, de la Ley de Obras Piblicas de la Re-niblica, conforme fu6 enmendada, sujeto solamente a los derechos de los tenedores de la suma principal de veinte millones de pesos ($20.000.000) de los vigentes Certificados de Serie al cinco y medio por ciento (5 %) de Obras Pniblicas, vencederos en serie en o antes de junio 30 de 1933, todo segfin se provee en dicho Convenio. Este bono es transferible por su entrega a no ser que sea registrado en cuanto a su principal a nombre de su dueflo en los libros de la Repnblica en la oficina principal de The Chase National Bank of the City of New York, en el Barrio de Manhattan, Ciudad y Estado de New York, Estados Unidos de Am rica; tal inscripci6n de registro serA debidamente anotada en este Bono, en cuyo caso no se podrd efectuar transferencia vAlida, a no ser que se anote en dichos libros por su dueio registrado, en persona, o por apoderado debidamente autorizado, y que se haya igualmente anotado en el mismo; pero este Bono podri hacerse transferible otra vez por su entrega, inscribi6ndolo de la misma manera en dichos libros como bono al portador, y en lo sucesivo de tiempo en tiempo este bono podrd registrarse o convertirse al portador conforme a lo dispuesto. No obstante el registro de este Bono en cuanto a su principal, los cupones correspondientes al mismo serdn siempre pagaderos al portador y transferibles por entrega. Este bono no seri vlido o negociable hasta que 6ste haya sido intervenido para su autenticaci6n por The Chase National Bank of the City of New York. Este Bono es otorgado en representaci6n de la Repilblica mediante la firma manuscrita de su Secretario de Hacienda o mediante el facsimile de su firma y la firma manuscrita de su representante autorizado y sus cupones se otorgan en la misma forma por la impresi6n en ellos del facsimile de la firma manuscrita del Secretario de Hacienda. El texto espafiol y el texto ingl6s de este bono forman parte integrante de un solo documento, sirviendo de base el texto ingl6s en caso de cualquier discrepancia. POR LA REPUBLICA DE CUBA ............................................. SECRETARIO DE HACIENDA Por..........-......................... Representante autorizado ............................................ Intervenido para su Autenticaci6n. THE CHASE NATIONAL BANK OF THE CITY OF NEW YORK Por.............-........... SUB-CAJERO 253