DEUDAS DE LA REPUBLICAN INSTRUCCI6N N' 42. DEVOLUCION DEL %% SORE EXPORTACION Direcci6u del Fondo Especial de Obras Piblicas. La Instrucci6n inimero 42, fecha 11 de abril de este afno, publicada en la Gaceta de 15 del propio mes, se entenderA redactada y regiri desde esta fecha en la forma siguiente: Por cuanto: El Decreto Presidencial de fecha 30 de marzo nltimo ha creado una Pagaduria en la Direcci6n del Fondo Especial de Obras Piblicas, con el prop6sito de atender a las devoluciones de reclamaciones por el cuarto del uno por ciento sobre las exportaciones que se ingresen a favor del Fondo Especial de Obras Pniblicas "Cuenta sujeta a Liquidaci6n". Por cuanto: El prop6sito perseguido con esa Pagaduria es el de dar mayor facilidades a los exportadores para obtener sus devoluciones por el expresado concepto, lo cual trae como consecuencia la necesidad de modificar el procedimiento hasta ahora seguido, en dichas devoluciones; a propuesta de la Direcci6n y en uso de las facultades que me estin conferidas, RESUELVO: Dejar sin efecto la Iustrucci6n nimero 23, publicada en la Gaceta Oficial de la Riepfiblica, fecha 11 de diciembre de 1925, en tanto y cuanto se refiere a las devoluciones por ingresos del cuarto por ciento, sujeto a devoluci6n y se establecen las reglas siguientes: Primera: La Direcci6n del Fondo Especial de Obras Pniblicas comunicard directamente al Pagador Especial de la misma las devoluciones que se acuerden y 6ste, una vez lienos los requisitos que so sefialarAn por la presente, procederd a expedir a cada interesado, ya sea particular o compaiia, el correspondiente check por el imported de su devoluci6n, ajustAndose para ello rigurosamente al orden de fecha de la devoluci6n, una vez cerciorado del ingreso de la suma ordenada devolver, segfin el certificado de la Aduana respectiva. Segunda: En cada voucher que se presente para el cobro de una devoluci6n unirA el Pagador copia de la orden que asi lo disponga y certificaci6n de la Aduana que acredite el ingreso, segiin lo dispuesto en el pdrrafo nimero 8 de esta Instrucci6n. El triplicado de todo voucher lo enviard a la Secci6n respectiva de la Direcci6n, para unirlo a su expediente. Tercera: La Direcci6n del Fondo Especial de Obras Pnblicas comunicard a cada interesado el resultado de la resoluci6n recaida en sus solicitudes, ordenando la devoluci6n por ingreso de cantidades con cargo al Fondo Especial de Obras Pniblicas, "Cuenta sujeta a Liquidaci6n", acompafidndoles triplicado voucher para que 6stos los pre- 230