DEUDAS DE LA REPUBLICA 97 de Mendoza y Pedroso, que conoce y habla ese idioma, como int6rprete designado a ese efecto por dicho senior F. Carrington Weems, quien mostr6 su conformidad con el contenido de este documento, de lo que doy fe; asi como de que he encontrado exacta la traducci6n hecha por el senor Gonzilez de Mendoza, de que hablo y conozco el idioma ingl6s y doy fe del conocimiento, profesi6n y vecindad de los otorgantes y de que todo lo demis contenido en este documento ha sido redactado conforme a las manifestaciones de los comparecientes.-Siguen salvedades.-Gerardo Machado, Claudio G. Mendoza, F. Carrington Weems, R. Sdnchez Aballi, Santiago Gutisrrez de Celis, Juan R. Arellano. ANEXO A FORMA DEL BONO DEFINITIVO No. ........... $1,000 REPUBLICA DE CUBA. BONOS DE ORO EN SERIES AL 5 % ' Fecha: Julio Pe de 1927. Vence en 19 de julio de 19 ....... Serie ........ La Repnblica de Cuba (denominada en lo adelante la Repniblica) por valor recibido promote pagarle al portador el dia primero do julio do 19...-... el capital de mil pesos y pagarle interests sobre dicho capital desde esta fecha a raz6n del cinco y medio por ciento al afno semestralmente el dia primero de enero y el dia primero de julio de cada aio, hasta que el principal haya sido pagado, pero s6lo mediante la presentaci6n y entrega de los cupones anexos que representan dichos intereses a medida que vayan venciendo. Dicho capital y los plazos de interests cuando venzan respectivamente so -pagardn en el barrio de Manhattan, ciudad de New York, Estado do New York, Estados Unidos do Am6rica, en la oficina quo alli tengan J. P. Morgan & Co., o a opci6n del portador en la ciudad de la Ilabana, Repnblica de Cuba, en la oficina que alli tenga The National City Bank of New York, en moneda de oro do los Estados Unidos de Am6rica, de ]a Ley y peso que existian el dia primero de julio do 1927. Este bono, tanto por lo quo respecta al principal como a los intereses, queda por siempre libre do toda clase de contribuci6n cubana (ya sea del Estado, de la Provincia o del Municipio) que ahora exista o que pueda existir en lo futuro. 7