DEUDAS DE LA REPUBLICA sos; en lo adelante desde el vig6simo segundo afio hasta el vig6simo noveno inclusive, el pago annual aumentard en doscientos mil pesos cada afio, siendo de tres millones seiscientos mil pesos en el aio vig6simo noveno el pago anual; y en el afio trig6simo el pago anual serd de tres millones cincuenta mil pesos, el total de los pagos arriba mencionados debord ser suficiente para retirar la emisi6n total, a su vencimiento. El diez por ciento de toda cantidad en los ingresos del Gobierno de cada afo fiscal, que exceda de sesenta millones de pesos se destinard igualmente a una amortizaci6n adicional mientras haya bonos en circulaci6n. D6cimo tercero: La provisi6n de fondos para la amortizaci6n y pago de los intereses se suministrarA por la Repnblica en la siguiente forma: Una doceava parte del interns anual y una doceava parte de la suma dedicada a amortizaci6n deberin depositarse por el Secretario de Hacienda en poder de los Agentes fiscales o de quien 6stos designen en e lugar o lugares que dichos Agentes fiscales indiquen, los dias primeros de cada mes, durante la existencia del empr6stito y empezando el dia primero de febrero de mil novecientos veintitr6s. Todas las cantidades pagadas al fondo de amortizaci6n serAn empleadas por los Agentes fiscales en cualquier momento dentro de los noventa dias siguientes a su recibo, pero no antes del dia diez de febrero de mil novecientos veintitr6s en la compra de bonos en el mercado pfiblico a los precios corrientes en el mismo, pero nunca cuando exceda de su valor la recogida, es decir el valor a la par o nominal de la suma principalide los bonos. En caso de que todo el dinero del fondo de amortizaci6n no se emplee en tales compras los Agentes fiscales solicitarin bonos de la cantidad proporcional a su valor nominal (es decir el valor a la par o nominal de la suma principal) y en la forma que por lo general se observe o sea por sorteo despu6s de un anuncio publicado con treinta dias de anticipaci6n. Los intereses acumulados de los bonos redimidos se pagarin como se estipula en el articulo d6cimo cuarto de este contrato. A lbs treinta dias de finalizar el anio fiscal que comienza en julio primero de mil novecientos veintitr6s y mientras dure el emprostito serd entregado a los Agentes fiscales el dia primero de cada mes, hasta completar el citado diez por ciento (una suma igual a la d6cima parte) de los ingresos del qno fiscal anterior que exceden do sesenta millones, para la amortizaci6n adicional antes referida en el articulo noveno de este contrato. Los Agentes fiscales participarn al Secretario de Hacienda todas las compras o amortizaciones de los bonos que so realicen, con expresi6n del precio y todos los bonos adquiridos por compra o por sorteo para redenci6n y redimidos bajo las estipulaciones del fondo de amortizaci6n se cancelaran por los Agentes fiscales y se entregaran al seflor Secretario de Hacienda de la Repiblica. 79