DEUDAS DE LA REPUBLICA es uno de los de la Deuda Exterior de 1914, de la Rep-6blica de Cuba, bono de oro al cinco por ciento por una suma total de diez millones de pesos ($10.000,000) emitidos de acuerdo con la Ley de la Repniblica de Cuba, de 20 de diciembre de 1913, y conforme a la escritura o convenio entre la Repniblica de Cuba y J. P. Morgan & Co., de fecha 31 de enero de 1914.-El principal y los intereses de este bono estdn garantizados mediante prenda de rentas de la Repniblica de Cuba, segnin se expresa en la chiusula 15 de la referida escritura y estnn exentos de toda y cualesquiera contribuciones, impuestos, derechos de timbre y repartimientos de la Isla de Cuba, o de cualquiera de sus provincias o Municipios, que existan ahora o que se impongan en lo sucesivo.-La Repnblica de Cuba proveerA un fondo de amortizaci6n para recoger los bonos de esta emisi6n, segadn lo autoriza dicha Ley y la prescribe el convenio antes mencionado con J. P. Morgan & Co.-Los bonos de esta emisi6n son redimibles, por el funcionamiento de ese fondo de amortizaci6n, al 1021/2% o intereses devengados, y estin sujetos tambi6n a ser redimidos a opci6n de la Repndblica de Cuba, al 105 por ciento de intereses devengados, todo ello, segnn se estipula en dicho convenio. -El inter s sobre el capital de los bonos a los que le haya correspondido en sorteo ser amortizados, cesarA en la fecha fijada para la redenci6n de tales cantidades.-Mediante la entrega de este bono en la Oficina de J. P. Morgan & Co., en la ciudad de New York, y cumpli6ndose las reglas que ellos prescriben, pueden subdividirse este bono y entonces se emitirin nuevos bonos provisionales por la misma suma principal en conjunto.-Este bono provisional es cangeable mediante entrega en la Oficina de J. P. Morgan & Co., en la ciudad de New York por bonos definitivos cuando est6n preparados y por una suma igual de principal.-Este bono no serA vAlido ni obligatorio hasta que el mismo haya sido debidamente legitimadoi mediante la firma de J. P. Morgan & Co., en el certificado del dorso.-Habana, Cuba, febrero 2 de 1914.-Secretaria de Hacienda.-Tesorero General.-Delegado del Gobierno.-Sello.-J. P. Morgan & Co.-Por la presente certifican que el presente bono es uno de los bonos de la emisi6n de $10.000,000, de valor nominal a que se refiere el convenio entre la Repniblica de Cuba y J. P. Morgan & Co., mencionado en ese bono. Es copia de su original. De este Empr6stito se han amortizado Bonos hasta diciembre 31 de 1931 por valor de ............ $ 4.538.500.00 Quedando en circulaci6n en esa fecha Bonos por valor de .................................... ,, 5.461.500.00 $ 10.000.000.00 64