DEUDAS DE LA REPUBLICAN constituida hoy esa Compaiiia o como pueda organizarse en lo futuro y tambi6n a cualquier firma que le sucedan. Veinticinco (25).-A continuaci6n se agrega suscrita por los otorgantes y para la debida interpretaci6n de este contrato, una versi6n al ingl6s de su contexto, escrita en mAquina. Asi lo otorgan los sefiores comparecientes, a quienes Yo, el Notario hice verbalmente las advertencias reglamentarias, prekvia s'a misi6n expresa que consignan a los sefiores Jueces y Tribunales de la Habana, con expresa renuncia de todo otro fuero de diferente domicilio. Son testigos los sefiores Leopoldo do Cancio y Luna y Claudio G. de Mendoza y Pedroso, mayores de edad de este vecindario y sin excepci6n para hacerlo, segfin manifiestan. Leida integramente esta escritura por mi el Notario, en un solo acto a los otorgantes y testigos por haber renunciado al derecho quo los adverti, tenian para hacerlo por si en su contenido, se ratifican los primeros y firman todos. De todo lo cual, asi como de conocimiento de los otorgantes y do constarme sus ocupaciones y vecindarios, Yo el Notario doy fe: habi6ndose hecho con la aprobaci6n de todos, las siguientes correcciones: ENMENDADO-asignados firmado-abonen entree lineas-niimero-de la ciudad-a la firma adjunta-de los-que-todo-VALE--TEXTADO-si-a-se por-que figura junto con el de los bonos-n-los-personas digo-no vale.M. G. Menocal.-J. P. Morgan & Co.-Leopoldo Cancio.-Claudio G. Mendoza.-Signado.-Firmado y rubricado.-Dr. Gonzalo Alvarado. Calle Obispo, 53.-Habana, Cuba, enero 31, 1914.-Sr. Leopoldo Cancio, Secretario do Hacienda.-Habana, Cuba.-Seior: en contestaci6n a su carta de esta fecha, entregada por usted personalmente al sefior Lloyd, de nuestra firma, en la cual usted especifica los deseos del Gobierno en relaci6n con la trasmisi6n a la Habana de los pagos parciales de los r6ditos de los $10.000,000 on bonos, nos complacemos en manifestarle que tendremos mucho gusto el cumplir tales deseos. De usted muy respetuosamente: J. P. Morgan and Co., Yo el Notario, doy fe quo esta traducci6n concuerda fiel y exactamento con su original en ingl6s, quo queda agregada al expediente formado on la Secretaria de Hacienda do estai Repfiblica d la negociaci6n centre el Gobierno y la casa de J. P. Morgan & Co. Doctor Gonzalo Alvarado. DECRETO: Vistas las actuaciones relatives a la contrataci6n de un Empr6stito de diez millones de pesos. RESULTANDO: quq por la Ley promulgada en veinte de diciembre de mil novecientos trece y desd el mismo dia en vigor conforme a su articulo final, fui autorizado para emitir bonos do una deuda exterior, hasta la cantidad de diez millones de pesos en moneda do los 58