Las ratificaciones serfn canjeadas en la Habana lo mfs pronto posible. En fe de lo cual los respectivos Plenipotenciarios han suscrito el presente Tratado y puesto en 61 sus sellos. Hecho por duplicado en la Ciudad de la Habana el veinte y nueve de octubre de mil novecientos cuatro. (L. S.)-C. E. ORTIZ. (L. S.)-Cns. R.oz. El precedente Tratado fu6 aprobado por el Senado de la Repfiblica de Cuba el dia 27 de Febrero de 1905. Y las ratificaciones fueron canjeadas en esta Capital el dia 15 de Julio del mismo afio. (Publicado en la Gaceta Oicial de 19 de Septiembre de 1905). TRATADO DE EXTRADICION CELEBRADO ENTRE LA REPUBLICA DE CUBA Y ESPASA El dia 26 de Octubre de 1905, se concluy6 y firm6 en la ciudad de Madrid, por medio de Plenipotenciarios debidamente autorizados al efecto, un Tratado para la Extradici6n de criminales entre la Rep-dblica de Cuba y el Reino de Espafia, del tenor siguiente: El Gobierno de la Rep-iblica de Cuba y el Gobierno de S. M. el Rey de Espafia, con el objeto de asegurar la represi6n y el castigo de los delitos que se cometieren en el territorio de uno i otro Estado, sin que los responsables puedan encontrar asilo y eludir las penas consiguientes h sus delitos trasladfindose del uno al otro pais, han resuelto arreglar por medio de un Tratado la extradici6n reciproca de criminales y para este fin han nombrado Plenipotenciarios: Su Excelencia el Presidente de la Repfiblica de Cuba, al sefior Cosme de la Torriente y Peraza, Encargado de Negocios ad-interim de Cuba en Madrid. Y Su Majestad el Rey de Espafia, al Exemo. Sr. D. Felipe Sdnchez Romfin, Senador Vitalicio, Consejero de Instrucci6n Pfiblica, Acad6mico de la Real de Ciencias Morales y Politicas, ex-Fiscal del Tribunal Supremo de Justicia, ex-Subsecretario del Ministerio de Gracia y Justicia, Gran Cruz de la Legi6n de Honor de Francia, Gran Cord6n del Osmani6 de Turquia, etc., su Ministro de Estado. Quienes, despu~s de haber canjeado sus respectivos plenos poderes, que hallaron estar en debida forma, han convenido 10 siguiente: