rizaci6n legal; y el que A sabiendas depositare 6 hiciere depositar, para su trasmisi6n 6 entrega, cualquier cosa declarada por esta seeci6n como material intrasmisible 6 el que A sabiendas tomare el mismo, 6 lo hiciese tomar de los correos con el prop6sito de cireulaci6n 6 disposici6n del mismo 6 ayudare i su circulaci6n 6 disposici6n, seri castigado por cada infracci6n con una multa que no pase de cinco mil pesos, 6 con prisi6n por periodo q-ie 'no sea mayor de cinco afios, 6 con ambas penalidades A 1a vez. SECCION 41. EXCLUSI6N DE LOTERIAS, RIFAS 6 CIRCULARES DE LAS MISMAS, ETC. Ninguna carta, tarjeta postal 6 circular, concerniente A loteria, rifa fl otra empresa ofreciendo premios dependiendo de suerte 6 azar, y ninguna lista de los sorteos de loteria 6 semejante empresa, y ningfn billete de loteria 6 parte del mismo y nixgfin cheque, giro, billete, dinero fi orden postal para la compra de billete, billetes 6 parte de los mismos 6 de cualquier acci6n 6 suerte en ninguna loteria, rifa fi otra einpresa anAloga, serA conducido en los correos, ni entregado A 6 por ninguna administraci6n 6 sucursal de la misma, ni por ningfin cartero; tampoco se trasmitirA por los correos ni se entregara por ningiin administrador ni cartero, ningfn peri6dico, circular 6 folleto 6 publicaci6n de ninguna clase conteniendo anuncios de loterias, rifas 6 empresas semejantes 6 de cualquier elpse edfreciendo premios que dependan de suerte 6 azar, 6 conteniendo listas de premios alcanzados en los sorteos de dichas loterias 6 rifas, ya sean listas parciles 6 completas de los sorteos. El que A sabiendas depositare 6 hiciere depositar, 6 con conocimiento enviare 6 hiciere enviar algo para ser conducido 6 entregado por el correo en violaci6n de esta secci6n, y sabi~ndolo hiciere que se trasmita por correo cualquier cosa aqui prohibida, serA castigado con una multa que no exceda de quinientos pesos, 6 con prisi6n por un periodo que no pase de un afio, 6 con ambas penalidades. SECCION 42. INTRODUCCI6N DE BILLETES DR LOTERIA EN EL PAIS. El que hiciere introducir en la Isla de Cuba, procedentes del extranjero, con el prop6sito de enajenarlos 6 depositaries para ser conducidos por los correos, de la Isla de Cuba, papeles, certificados 6 instrumentos que sean 6 representen un biIlete, suerte, acci6n 6 interts que dependa de la eventualidad de una loteria, rifa fi otra empresa ofreciendo premios dependientes de suerte 6 azar, 6 que lo depositare para ser transmi-