SECCION 19. POR DANO A LOS BUZONES Y APARTADOS 6 POR AGRESI6N I LOS CARTEROS. ,El que intencionalmente dafiare, separare 6 destruyere cualquier buz6n, 6 caja, apartado, gaveta fi otro receptficulo establecido por el Director General de Correos para el dep6sito seguro de correspondencia 6 para su repartici6n, 6 que intencional 6 maliciosamente asaltare d cualquier cartero mientras se encuentre en su ruta cunmpliendo con su obligaci6n, 6 que por fuerza 6 violentamente penetrare en cualquier carro postal 6 un apartamento de cualquier coche de ferrocarril, de vapor f otro buque 6 vehiculo de cualquier clase empleado en el servicio de correos, 6 intencional y maliciosamente asaltare A algin empleado postal fi otra persona encargada. de la correspondencia, durante el cumplimiento de su cometido, 6 que intencionalmente ayudare 6 influyere al efecto, serh castigado por eada infracci6n con prisi6n que no sea menor de un aho ni mayor de tres y con multa que no sea menor de cien pesos ni mayor de mil. SECCION 20. DANO AL MATERIAL POSTAL. El que intencionalmen'te dafiare, desfigurare 6 destruyere cualquier material postal depositado en cualquier buz6n, apartado, caja, gavetas fi otros receptAculos establecidos por le Director General de Correos para el'seguro dep6sito de material para su transmisi6n 6 reparto, 6 que intencionalmente ayudare 6 permitiere el desperfecto de tal material, serh eastigado con prisi6n que no sea mayor de tres afios 6 con una multa que no exceda de quinientos pesos, 6 con ambas penalidades SECCION 21. DANOS A BALIJAS, ETC. El que rasgare, cortare 6 de otra; manera dafiare eualquier balija, saco fi otro dep6sito usado 6 destinado para la conducci6n de correspondencia; 6 sacare 6 rompiere cualquier gancho, 6 soltare cualquier parte de una; cerradura, cadena 6 correa de tales envases, con intento de robar 6 hurtar toda la correspondencia 6 parte de la misma, 6 hacer dicha balija insegura, ser4 castigado con prisi6n que no sea menor de un afio ni mayor de tres, 6 con multa no menor de cien pesos ni mayor de quinientos, 6 con ambas penalidades.