dos para detener A cualquier persona que infrinja las disposiciones de la presente Orden, entregdndola inmediatamente A la Policia 6 Guardia; Rural, para su castigo correspondiente. Para su identificaci6n, dicho funcionario, empleado 6 agente, deberd Ilevar insignia autorizada de la referida sociedad, 6 exhibir prueba de su cardcter como funciona.rio 6 agente de ]a misma. IX.-Cuando el infractor 6 infractores fuesen reincidentes se les aplicarA siempre la pena de arresto, salvo cuando la sefialada fu'ese solamente la de multa;, en cuyo caso 6sta se impondrd por el mAximo de la misma. ORDEN 108, DE 14 DE MARZO DE 1900. Por la presente queda prohibido el uso del "aguij6n" al embarcar 6 desembarcar cualquier clase de ganado en los puertos de la; Isla de Cuba. Por la primera infracci6n de lo dispuesto en esta orden, se impondrd una multa de diez pesos ($10), y la de veinte pesos ($20), moneda de los Estados Unidos, por cada infracci6n subsiguiente; debiendo ser dichas multas satisfechas por el consignatario. CODIGO POSTAL ORDE" NUMERO 115, DE 21 DE JULIO DE 1899. El Gobernador General de Cuba ha tenido A bien disponer la publicaci6n del siguiente C6digo Postal; el cual se declara, por la presente, promulgado en la Isla de Cuba, como ley que habrd de aplicarse en los asuntos de Correo de esta Isla. Todas las leyes, 6rdenes, decretos 6 partes de los mismos, vigentes en la Isla de Cuba, que se opongan A lo dispuesto en este decreto, quedan por la presente derogados. (1) (1) Aunque las tres primeras secciones de este C6digo no contienen preceptos penales y algunas de sus disposiciones estfn modificadas por las leyes administrativas posteriores, no hemos credo conveniente suprimirlas, si bien nos limitamos A no anotarlas, porque el objeto de este libro no es el de publicar disposiciones postales, sino penales. No-obstante lo cual, como se trata de un ap6ndice, insertamos integra Ia ley, cpiada al pie de la letra, como apareei6 en la Gaceta, basta con su original ortografia. Los delitos previstos en este C6digo no estAn sujetos , los preceptos del Penal, sobre graduaci6n de las penas, en consideraci6n A las circunstancias modificativas de la responsabilidad (sentencias de 9 de Oc-