Art. 594.-Serdn castigados con lai pena de arresto de uno d diez dias y multa de 15 a 125 pesetas (vWase la nota 528): .1? Los que perturbaren los actos de un culto fi ofendieren los sentimientos religiosos de los concurrentes h ellos de un modo no previsto en la Secci6n 3., capitulo II, titulo 2? del libro 2? de este C6digo. 2? Los que con la exhibici6n de estampas 6 grabados, 6 con otra, clase de actos ofendieren la moral y las buenas costumbres sin cometer delito. Art. 595.-Serdn castigados con .la pena de uno 6 cinco d(as de arresto 6 multa de 15 a 125 pesetas vasee la nota 528) los que dentro de poblaci6n 6 en sitio piblico 6 frecuentado dispararen armas de fuego, cohetes, petardos fi otro proyeetil cualquiera que produzean alarma 6 peligro. Art. 596.-Serdn castigados con las penas de uno d quince dias de arresto y multa de 75 a 200 pesetas (vWase la nota 528) : 1? Los que turbaren levemente el orden en la Audiencia 6 Juzgado, en los actos pfiblicos, en espectfculos, solemnidades 6 reuniones numerosas. 2? Los subordinados del orden civil que faltaren al respeto y sumisi6n debidos a sus superiores, cuando el hecho no tuviere sefialada mayor pena en este C6digo 6 en otras leyes. Art. 597.-Serdn castigados con la multa de 15 a 125 pesetas y reprensi6n (vWase la nota 528) 1? Los que promovieren 6 tomaren parte activa, en cencerradas -f otras reuniones tumultuosas, con ofensa de alguna persona, 6 con perjuicio 6 menoscabo del sosiego pfiblico. 2? Los que en rondas fi otros esparcimientos nocturnos turbaren el orden pfiblico sin cometer delito. 3? Los que causaren perturbaci6n 6 eseindalo con su emIbriaguez. 4? Los que sin estar comprendidos en otras disposiciones de este C6digo turbaren levemente el orden pfiblico, usando de medios que racionalmente puedan producir alarma 6 perturbacion. 5? Los que faltaren al respeto y consideraci6n debidos A la Autoridad, 6 la desobedecieren levemente, dejando de cumplir las 6rdenes yarticulares que les dictare, si la falta de respeto 6 la desobediencia no constituyeran delito. 6? Los que ofendieren de un modo que no constituya delito h los agentes de la Autoridad, cuando ejerzan sus funciones, y los que en el mismo caso los desobedecieren.