Esto mismo tendr6 lugar cuando sean dos 6 m6s fincas las vendidas por un solo precio; pero, si, adem6s de expresarse los linderos, indispensables en toda enajenaci6n de inmuebles, se designaren en el contrato su cabida 6 nfimero, el vendedor estard obligado 6 entregar todo lo que se comprenda dentro de los mismos linderos, aun cuando exceda de la cabida 6 ndtmero expresados en 61 contrato; y, si no pudiere, sufrird una disminuci6n en el precio, proporcional 6 lo que falte de cabida 6 nfimero, 6 no ser que el contrato quede anulado por no conformarse el comprador con que se deje de entregar lo que se estipul6. (522) "En la venta de inmuebles hecha por precio alzado la medida cede A los linderos."' (Sentencias de 20 de Enero y 30 de Mfayo de 1903). En la primera de las sentencias citadas se declar6 que no altera la naturaleza de una venta hecha a precio alzado en subasta pdblica la circunstancia de quo la tasaci6n que haya servido de base a la subasta se hubiese verificado pormenorizando el inmueble subastado, si 6ste se sac6 a lieitaci6n sobre la base del precio total y no a raz6n de un tanto per unidad de medida. Art. 1472.-Las acciones que nacen de los tres articulos anteriores prescribir6n 6 los seis meses, contados desde el dia de la entrega. Art. 1473.-Si una misma cosa se hubiese vendido 6 diferentes compradores, la propiedad se transferir6 6 la persona que primero haya tornado posesi6n de ella con buena fe, si fuere mueble. Si fuere inmueble, la propiedad pertenecer6 al adquirente que antes la haya inscripto en el Registro. (523) Cuando no haya inscripci6n, pertenecer6 la propiedad I quien de buena fe sea prinero en la posesi6n; y, faltando 6sta, 6 quien presente titulo de fecha m6s antigua, siempre que haya buena fe. (523) Artieulo 28 de .a Ley Hipotecaria: ''Se considerari como fecha de ]a inseripci6n, para todos los efectos quo 6sta deba producir, la fecha del asiento de presentaci6n, que deberi constar en la inseripci6n misma." Artieulo 26, idem: '"Para determinar la preferencia entre dos 6 m6s inscripciones de una misma fecha, relativas 6. una misma finca, se atenderi k la hora de la presentaci6n en el Registro do los titulos respeativos." SECCION TERCERA DEL SANEAMIETO Art. 1474.-En virtud del saneamiento 6 que so refiere el articulo 1461, el vendedor responder6 al comprador: 1? Do la posesi6n legal y pacifica de.la cosa vendida. 2? Do los vicios 6 defectos ocultos que tuviere.