,estimaci6n, en los casos en que deba verificarse conforme 6 las leyes y con las limitaciones que 6stas determinen, y dejari de surtir efecto y podrd cancelarse siempre que por cualquiera causa legitima quede dispensado el marido de la obligaci6n de restituir. (489) (489) Concuerda con el 175 de la Ley Hipotecaria. Art. 1352.-La mujer casada mayor de edad puede exigir por si misma la constituci6n de hipoteca e inscripci6n de bienes de quo trata el articulo 1349. Si no hubiese contraido afin matrimonio, 6, habi6ndolo contraido, fuese menor, deber6n ejercitar aquel derecho en su nombre y califlcar la suficiencia de la hipoteca quo se constituya, el padre, la madre 6 el que diere la dote 6 los bienes que se deban garantizar. A falta de estas personas, y siendo menor la mujer, est6 6 no casada, debern pedir que se hagan efectivos los mismos derechos, el tutor, el protutor, el consejo de familia 6 cualquiera de sus Vocales. (490) (490) Este articulo ooncuerda literalmente con los 182 y 183 de la Ley Hipotecaria. El procedimiento para ejercitar este derecho estA regulado en el articulo 165 de ]a citada ley. El articulo 28 del C6digo de Comercio autoriza a la mujer para que por s pueda pedir la inscripci6n de las escrituras do dotes, capitulaciones matrimoniales o titulos de bienes parafernales en el Registro Mercantil, cuando su marido no lo hubiere hecho. Igual facultad, para este caso, otorga dicho articulo a los padres, hermanos y tios carnales de la mujer, asi como a los que ejerzan o hayan ejercido las cargos de tutores o curadores do ella, o constituyan o hayan constituido la dote. Art. 1353.-Si el tutor, el protutor 6 el consejo de familia no pidieren la constituci6n de la hipoteca, el Fiscal solicitari de oficio, 6 i instancia de cualquier persona, que se compela al marido al otorgamiento de la misma. Los jueces municipales tendrdn tambi~n obligaci6n de excitar el celo del Ministerio Fiscal, i fin de que cumpla lo preceptuado en el pfirrafo anterior. (491) (491) Este articulo concuerda literalmente con los 184 y 185 de la Ley Hipotecaria. El articulo 199 del Reglamento para la ejecuci6n de la citada ley dispone quo cuando el Ministerio Fiscal tuviere noticia de haberse ontregado dote al marido de alguna mujer hnrfana y de menor edad, sin la hipoteca correspondiente, habiendo bienes con que constituirla, aeudirA al Juez o Tribunal para que compela al marido a la constituci6n de la hipoteca legal, procediendo para ello en la forma prevenida en el articulo 166 de la Ley. Art. 1354.-Si el marido careciese de biones propios con que constituir la hipoteca de que trata el articulo 1349, que-