Art. 1345.-Sin embargo de lo dispuesto en el articulo an. terior, la mujer que tuviere 6 su favor dote confesada por el marido antes de la celebraci6n del matrimonio 6 dentro del primer afio de 61, podr6 exigir en cualquier tiempo que el mismo marido se la asegure con hipoteca, siempre que haga constar judicialmente la existencia de los bienes dotales, 6 la de otros semejantes 6 equivalentes, en el momento de deducir su reclamaci6n. (Vase la nota anterior). Art. 1346.-La dote puede ser estimada 6 inestimada. Seri estimada, si los bienes en que consiste se evaluaron al tiempo de su constituci6n, transfiriendo su dominio al marido, y quedando 6ste obligado i restituir su importe. Serd inestimada,'si la mujer conserva el dominio de los bienes, hyanse o no evaluado, quedando obligado el marido 6 restituir los mismos bienes. (86) Si las capitulaciones no determinaran la calidad de la dote, se considerari inestimada. (486) Esto filtimo se entiende, salvo paeto en contrario, si la mujer hubiera entregado al marido, en administraci6n la dote inestimada, pues sin esa circunstancia la mujer conserva no s6lo el dominio, sine tambi6n la administraci6n, y consiguientemente la tenencia, de dichos bienes, de acuerdo con el articulo II de la ley de 18 de Julio de 1917. La salvedad se apoya en el articulo VI de la'citada ley. Art. 1347.-El incremento 6 deterioro de la dote estimada es de cuenta del marido, quedando s6lo obligado 6 restituir el valor por que la recibi6 y i garantizar los derechos de la mujer en la forma que se dispone en los articulos siguientes. Art. 1348.-Si el marido quo haya recibido la dote estimada se cree perjudicado por su valuaci6n, puede pedir que se deshaga el error 6 agravio. Art. 1349.-El marido est6 obligado: 1? A inscribir 6 su nombre 6 hipotecar en favor de su mujer los bienes inmuebles y derechos reales que reciba como dote estimada i otros bastantes para garantir la estimaci6n de aqu6llos. 20 A asegurar con hipoteca especial suficiente todos los demos bienes quc como dote estimada se le entreguen. (487) (487) Este artieulo concuerda con los pfrrafos 19 y 39 del 169 de la Ley Hipotecaria. Art. 1350.-La cantidad quc debe asegurarse por razon de dote estimada no excederd del importe de la estimaci6n, y, si se redujere cl de la misma dote, se reduciri la hipoteca en la misma proporci6n. (488) (488) Concuerda con el 176 de la Ley Hipotecaria. Art. 1351.-La hipoteca constituida por el marido en favor de la mujer garantizarb. la restituci6n de los bienes, 6 de su