sionado, siempre que por cualquier causa le fuere imposible devolverlas. Art. 1299.-La acci6n para pedir la rescisi6n dura cuatro afios. (412) Para las personas sujetas 6 tutela y para los ausentes, los cuatro afios no empezarin hasta que haya cesado la incapacidad de los primeros 6 sea conocido el domieilio de los segundos. (472) Para que la acci6n rescisoria por fraude pueda perjudicai a tercero, en los casos en que, conforme a la Ley Hipotecaria, sea capaz de producir ese efecto, debe entablarse dentro de un aflo, contado desde el dia de la enajenaci6n fraudulenta, seg6n lo ordenado en el filtimo pfirrafo del articulo 37 de la citada ley. CAPITULO VI DE LA NULIDAD DE LOS CONTrATOS Art. 1300.-Los contratos en que concurran los requisitos que expresa el articulo 1261 pueden ser anulados, aunque no haya lesi6n para los contratantes, siempre que adolezcan de algunos de los vicios que los invalidan con arreglo A la ley. (473) (473) Este articulo se refiere a la anulaci6n de los contratos en los que han concurrido el consentimiento y dems requisitos esenciales para su validez, y, por tanto, no es aplicable al caso en que se impugna la existencia de un contrato por falta de consentimiento. (Sentencia de 24 de Noviembre de 1903). Ejerciendo la jurisdicci6n contenciosa administrativa, ha declarado el mismo Tribunal, en sentencia de 5 de Febrero de 1904, que los contratos de orden civil se rigen por las disposiciones del derecho comfin, estando sometidos su validez o nulidad y los efectos do 6stas a la resoluci6n de los Tribunales y no a las autoridades administrativas, cualesquiera que sean las atribuciones de que estuvieran investidas. Art. 1301.-La acci6n de nulidad s6lo durard cuatro afios. Este tiempo empezari i correr: En los casos de intimidaci6n 6 violencia, desde el dfa en que 6stas hubiesen cesado. En los de error, 6 dolo, 6 falsedad de la causa, desde la zonsumaci6n del contrato. Cuando la acci6n se dirija 9" invalidar contratos hechos por mujer casada, sin licencia 6 autorizaci6n competente, desde el dia de la disoluci6n del matrimonio. Y cuando se refiera i los contratos celebrados por los menores 6 incapacitados, desde que salieron de la tutela. (44) (474) El Tribunal Supremo tiene declarado reiteradamente-asi lo afirma en su sentencia de 15 de Abril de 1904---que la prescripci6n establecida para la acci6n de nulidad de los contratos no es de aplicaci6n a