anulan la eflcacia fe la repudiaci6n de la herencia heeha en vista del inventario, ni el beneficio que 6ste produce, cuando dichas cireunstancias no se deban a aetos maliciosos, o a notoria negligencia del heredero. (Sentencia 11 de Junio de 1902). Art. 1019.-El heredero que se hubiese reservado el derecho de deliberar, deberd manifestar al Juzgado, dentro de treinta dias, contados desde el siguiente al en que se hubiese concluido el inventario, si acepta 6 repudia la herencia. Pasados los treinta dias sin hacer dicha manifestaci6n, se entenderd que la acepta pura y simplemente. Art. 1020.-En todo caso el Juez podrA proveer, 4 instancia de parte interesada, durante la formaci6n del inventario hasta la aceptaci6n do la herencia, A la administracion y custodia de los bienes hereditarios con arreglo A lo que se prescriba para el juicio de testamentaria en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Art. 1021.-El que reclame judicialmente una herencia de que otro se halle en posesi6n por m6.s de un afio, si venciere en el juicio, no tendrA obligaci6n de haeer inventario para gozar do este beneficio, y s6lo responderd de las cargas de la herencia con los bienes quo le scan entregados. Art. 1022.-El inventario hecho por el heredero que despu~s repudie la herencia, aprovechar6. i los sustitutos y A los herederos abintestato, respecto de loscuales los treinta dias para deliberar y para hacer la manifestaci6n que previone el articulo 1019, se contardn desde el siguiente al en que tuvieren conocimiento de la repudiaci6n. Art, 1023.-El beneficio de inventario produce en favor del heredero los efectos siguientes: 1? El heredero no queda obligado 6 pagar las deudas y demos cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de la misma. 2? Conserva contra el caudal hereditario todos los derechos y acciones que tuviera contra el difunto. 3? No se confunden para ningfin efecto, en dafio del heredero, sus bienes particulares con los quc pertenezcan 6 la herencia. Art. 1024.-El heredero perderd el beneficio de inventario: 1? ' Si 6 sabiendas dejare de incluir en el inventario alguno de los bienes, derechos 6 acciones dc la herencia. 2? Si antes de completar el pago de las deudas y legados enajenase bienes de la herencia sin autorizaci6n judicial 6 la do todos los interesados, 6 no diese al precio do lo vendido la aplicaci6n determinada al concederle la autorizaci6n. Art. 1025.-Durante la formaci6n del inventario y el tarmino para deliberar no podrdn los legatarios demandar el pago de sus legados.