no concurren los requisitos prevenidos para el testamento o16grafo. (VWase la nota anterior). Art. 673.-Ser6 nulo el testamento otorgado con violencia, dolo 6 fraude. Art. 674.-El que con dolo, fraude 6 violencia impidiere que una persona, de quien sea heredero abintestato, otorgue libremente su filtima voluntad, quedar6 privado de su derecho 6 la herencia, sin perjuicio de la responsabilidad criminal en que haya incurrido. Art. 675.-Toda disposici6n testamentaria deber6 entenderse en el sentido literal de sus palabras, 6 no ser que aparezca claramente que fu6 otra la voluntad del testador. En caso de duda, se observar6 lo que aparezca m6s conforme 6 la intenci6n dcl testador, segfin el tenor del mismo testamento. El testador no puede prohibir que se impugne el testamento en los casos en que haya nulidad declarada por la ley. SECCION TERCERA DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS Art. 676.-El testamento puede ser comfin 6 especial. El comfin puede ser ol6grafo, abierto 6 cerrado. Art. 677.-Se consideran testamentos especiales el militar, el maritimo y el hecho en pais extranjero. Art. 678.-Sc llama ol6grafo el testamento cuando el testador lo escribe por si mismo en la forma y con los requisitos que se determinan en el articulo 688. Art. 679.-Es abierto el testamento siempre que el testador manifieste su filtima voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto, quedando enteradas de lo que en 61 se dispone. (33O) (330) El testamento abierto no es pfiblico. El testador tiene como garantia del secreto dos medios: el general establecido en el articulo 32 de la Ley del Notariado, que prohibe comunicar el protocolo a quien no sea parte interesada, y el especial del articulo 34, que autoriza al testador a solicitar que su testamento se extienda en el protocolo reservado que a ese efecto establece dieho articulo. Art. 680..El testamento es cerrado cuando el testador, sin revelar su filtima voluntad, declara que 6sta se halla contenida en el pliego que presenta 6 las personas que han de autorizar el acto. Art. 681.-No podrdn ser testigos en los testamentos: (Vase la nota 339). 1? Las mujeres, salvo lo dispuesto en el articulo 701. 20 Los varones menores de edad, con la misma excepci6n. 3? Los que no tengan la calidad de vecinos (u') en el lugar del otorgamiento, salvo en los casos exceptuados por la ley.