justo acatamiento A lo que 6sta ordena, tiene el honor de proponer A V. MT. Pi siguiente proycto de decreto. SENORA: A. L. R. P. de V. M., MANUEi ALONSO MARTfNEZ. REAL DECRETO Teniendo presente lo dispuesto en la ley de 11 de Mayo de este afio, por la cual se autoriz6 6 mi Gobierno para publicar un C6digo Civil con arreglo A las condiciones y bases establecidas en la misma, conform~ndome con lo propuesto por el ministro de Gracia y Justicia, y de acuerdo con el parecer de mi Consejo de Ministros: en nombre de Mi Augusto Hijo el REY Don Alfonso XIII, y como REINA Regente del Reino: Vengo en decretar que se publique en la Gaceta de Madrid el C6digo Civil adjunto, en cumplimiento de lo que preceptfia el articulo 2? de la mencionada ley de 11 de Mayo filtimo. Dado en Palacio, A seis de Octubre de mil ochocientos ochenta y ocho. MARIA CRISTINA. El Ministro de Gracia y Justicia, MANUEL ALOwSO MARTINEZ. REAL DECRETO Pr6ximo t veneer el plazo de sesenta dias establecido en el articulo 3? de la ley de 11 de Mayo de 1888 para que comenzara i regir como ley el C6digo Civil publicado en la Gaceta de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en Real decreto de 6 de Octubre filtimo, y formulada en las Cortes la proposici6n prevista en el articulo 4? de la propia ley: Conformdindome con lo propuesto por el Ministro de Gracia y Justicia, y de acuerdo con el parecer de mi Consejo de Ministros: En nombre de Mi Augusto Hijo el REY Don Alfonso XIII, y como REINA Regente del Reino: Vengo en declarar prorrogado hasta 1? de Mayo del corriente afio, el plazo de los sesenta dias establecido en la ley de 11 de Mayo de 1888. Dado en Palacio, d once de Febrero de mil ochocientos ochenta y nueve. MARIA CRISTINA. E1 Ministro de Gracia ji Justicia, JOSfi CANALEJAS Y H ENDEZ.