saber: quc 6stas no son obras do cousulta; quo con cllas s6lo se porsigue un fin meramente prdctico; sus numerosas notas no son comentarios, ni exposici6n do opiniones personales acerca de dudas que se ofrezcan on la aplicaci6n de la ley; son meras acotaciones de disposiciones complementarias del texto. El comentario 6 la inteligencia del mismo queda al juicio ilustrado del lector, 6 quien s6lo nos hemos propuesto darle, convenientemente reunidos, los elementos necesarios para formar ese juicio. Al dar al pfiblico este nuevo trabajo, terminado en momentos azarosos para nuestra legislaci6n, hemos querido dejar, una vez mis, claramento procisado el modestisimo prop6sito quo ha guiado 6 su autor, para que 61 sirva de titulo i la benovolencia pfiblica, y ojal6 6sta ericuentro ocasi6n de pldcemes por su publicaci6n, si ella sirve de estimulo para mayores empefios, 6, por lo menos, do base, para quo se emprenda, on ocasi6n debida, la patri6tica obra de dotar al pais de leyes propias, arm6nicas y adecuadas ' su situaci6n politica de naci6n independiento y soberana. Diciembre de 1908.